En un principio se podría creer que en los autónomos la baja por maternidad y paternidad no existe o no es 100% compatible. La realidad es que los autónomos tienen derecho a esto igual que lo tiene un asalariado. Esto quiere decir que se utilizan los mismos períodos de duración y la prestación. Hoy en el blog de Sure Service te lo contamos.

Cómo es la baja por maternidad y paternidad de los autónomos

Cuando una mujer que es trabajadora por cuenta propia queda embarazada y tiene un hijo, puede solicitar la baja por maternidad. También en el caso de que tenga una adopción o un niño de acogida.

Como en todos los casos, hace falta cumplir con algunos requisitos específicos como lo son: 

  • Afiliación a la Seguridad Social: se debe de estar dado de alta en ese momento en la Seguridad Social, en el Régimen de trabajadores autónomos.
  • Pagos: también hay que estar al corriente de los pagos mensuales.
  • Período de cotización: el período de cotización debe de ser el estipulado. En este aspecto hay tres tramos diferentes según cada caso. Uno de ellos es en el caso de las trabajadoras menores de 21 años, que no hace falta que se cumpla ningún mínimo. Cuando la mujer tiene entre 21 y 26 años, se le pide tener cotizado un mínimo de 90 días en los últimos 7 años. Y en el caso de las mayores de 26 años, un mínimo de 180 días en los últimos 7 años.

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Prestación

En los que se refiere a la prestación, hay que aclarar que la prestación por maternidad tiene una duración de 16 semanas. Este espacio de tiempo es el mismo que una mujer asalariada.

Esas semanas son ininterrumpidas. Diez de esas semanas, se podrían llegar a ceder al padre, pues las seis primeras semanas son exclusivas para la madre.

El período de las 16 semanas se cuenta desde que empieza la baja que puede ser antes o después del parto pero se tienen 15 días para solicitarla. Hay que tener en cuenta ese período pues de lo contrario podría no tenerse finalmente la prestación.

La cuantía a recibir es el 100% de la base reguladora. Si se paga la cuota mínima, en la gran mayoría de casos es de un poco mas de 880 euros al mes, aunque como la ley está variando, mejor verificarlo.

Requisitos para la baja de paternidad de autónomos

Los padres también pueden pedir una baja por paternidad. También en este caso tienen que seguir algunos requisitos, que son muy similares a los anteriores.

El período actual que se le brinda es de 5 semanas ininterrumpidas. Esta cantidad de semanas se puede ampliar si la madre le cede algunas semanas al padre.

La cuantía a recibir es el 100% de la base de cotización que se calcula por la base de cotización de los últimos seis meses.

En definitiva, los autónomos pueden solicitar su baja por maternidad o paternidad, teniendo los mismos beneficios que un asalariado. Hay que esperar a ver qué sucede con la nueva ley. En cualquier caso, siempre también se recomienda tener un seguro para autónomos con el fin de ampliar la prestación recibida.

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