El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras con el objetivo de fortalecer al sector asegurador y a los asegurados, aumentar la transparencia y eliminar las diferencias que existían entre los estados miembros.

La norma, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva de Solvencia II que fue modificada  por la Directiva Ómnibus II, presenta como novedades más destacables un nuevo método de cálculo para los requerimientos de solvencia, refuerzo del sistema gobierno, unificación de los sistemas de información por parte de las entidades y un nuevo modelo de supervisión, con mayores funciones para el supervisor, un sistema de autorizaciones previas y la capacidad de dictar guías técnicas y circulares.

Según ha informado el Ministerio de Economía, regula también el denominado “mystery shopping”, que contempla la posibilidad de que un funcionario de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sin identificarse previamente, se haga pasar por un cliente para supervisar que las prácticas de comercialización de las aseguradoras se realizan según la normativa vigente.

Sobre las normas de solvencia, que busca garantizar que la aseguradora cuenta con capital suficiente para que no quiebre, el texto establece que para calcular el capital obligatorio, se podrá utilizar una fórmula estándar (común a todas las aseguradoras) o un modelo interno desarrollado por la entidad, que requiere autorización previa de la Dirección General de Seguros.

Para medir esta solvencia se exige que la aseguradora cuente con recursos propios suficientes para alcanzar el capital de solvencia obligatorio.

Sobre el sistema de gobierno, el anteproyecto refuerza los mecanismos que ya existen y establece normas sobre la honorabilidad y la aptitud de los miembros del órgano de administración, la dirección efectiva y los responsables de las funciones fundamentales.

Para terminar, según la norma, que refuerza el papel de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones como autoridad supervisora, las entidades aseguradoras deberán hacer públicos sus informes de la situación financiera y de solvencia a partir del 1 de enero de 2016.