El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha abierto el plazo para solicitar ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación deplanes de igualdad correspondientes al presente ejercicio, según el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Se pueden acoger a esta ayuda aquellas pymes, cooperativas, sociedades, fundaciones y comunidades de bienes que tengan en plantilla entre 30 y 250 trabajadoras. La subvención será de hasta el 100% con un máximo de 10.000 euros y se puede solicitar hasta el próximo 15 de mayo.
Pero, ¿qué son los planes de igualdad? Según el Art. 46 de la Ley Orgánica 3/2007: “Son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo”.
Requisitos necesarios:
1.- Compromiso de la dirección de la empresa y la participación e implicación de la RLT, o en su defecto, de los propios trabajadores.
2.- El plan de igualdad y las acciones a realizar deberá llevarse a cabo utilizando y fomentando un lenguaje no sexista.
3.- Los planes de igualdad a presentar deberán impulsar principalmente acciones en relación con las áreas de trabajo siguientes:
– Área de acceso al empleo: Igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.
– Área de condiciones de trabajo: Clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad.
– Área de promoción profesional y formación: Reglas de ascenso basadas en criterios que no lleven a situaciones de discriminación en función del sexo. Formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que estén sub-representadas. Acciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres dirigidas al personal de la entidad.
– Área de ordenación del tiempo de trabajo: Medidas de adaptación de la jornada para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, así como la corresponsabilidad.
– Área de prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
– Uso no discriminatorio del lenguaje, la comunicación y la publicidad.
4.- Las ayudas incluyen necesariamente el desarrollo por parte de la entidad beneficiaria de las siguientes fases:
– Elaboración de un diagnóstico de situación de la entidad en materia de igualdad entre hombres y mujeres, que incluya datos estadísticos desagregados por sexo.
– Elaboración de un plan de igualdad que recoja medidas que corrijan las deficiencias detectadas en el diagnóstico.
– Primera fase de aplicación de las medidas previstas en el plan de igualdad.
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Los autónomos están de enhorabuena. El Gobierno, con la intención de fomentar el autoempleo, especialmente entre los que se encuentran en paro, ha aprobado un nuevo paquete de medidas dentro del proyecto de ley de Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social que, eso sí, no entrará en vigor hasta finales de año.
Las asociaciones de autónomos ya han valorado de forma muy positiva unas medidas que, sin duda, mejorarán la protección social del trabajador por cuenta propia y con las que se espera conseguir en cuatro años unos 500.000 autónomos más.
Las principales novedades de este proyecto de ley son:
1.- Alta en autónomos compatible con la prestación por desempleo: A partir de que entre en vigor se extenderá a todos los grupos de edad (ahora el límite está en los 30 años) poder compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el inicio de la actividad como trabajador por cuenta propia durante un máximo de nueve meses.
2.- Capitalización de la prestación por desempleo: Todos los autónomos podrán capitalizar el 100% de esta prestación en un único pago o cobrar una parte y usar el resto para el pago de cuotas a la Seguridad Social o destinarlo todo al abono de estas cuotas. Si no se quiere capitalizar la prestación por desempleo, se puede aplazar el cobro hasta 5 años.
4.- Tarifa plana de 50 euros: Con el nuevo reglamento, se podrá seguir disfrutando de ella aunque contraten a un trabajador.
5.- Autónomos Económicamente Dependientes: Se refuerzan los mecanismos de protección de estos trabajadores en lo que se refiere a la conciliación de la vida familiar y profesional con la posibilidad de que aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador si se encuentran en situación de riesgo durante el embarazo, lactancia de un menor de nueve meses, por maternidad o paternidad, por adopción o acogimiento, cuidado de menores de 7 años a cargo o por familiares a cargo en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%.
5.- Familiares colaboradores: La nueva Ley amplía hasta los 24 meses la bonificación en sus cuotas a la Seguridad Social a los familiares colaboradores. Hasta ahora era del 50% los primeros 18 meses. Ahora habrá una nueva bonificación del 25% los siguientes seis.
Más información sobre el anteproyecto de ley por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social pinchando AQUÍ
Siempre es tiempo para montar enbicicleta, pero parece que con la llegada del buen tiempo muchos más aficionados se animan a utilizar este medio de transporte para hacer deporte, divertirse o ir al trabajo o estudiar. Hay que hacer notar que ha aumentado el uso de la bici en los núcleos urbanos y con él, el número de accidentes.
Al respecto, subraya que, además de la tradicional falta de concienciación por parte de otros vehículos, el uso del móvil y de auriculares con música o la radio, así como el desconocimiento de la normativa de Seguridad Vial son los principales riesgos de los ciclistas. Conveniente resulta, por tanto, recordar algunos consejos básicos para circular por ciudad o carretera con seguridad:
1.- Atención total: Circular distraído es uno de los peores peligros para cualquier conductor y, especialmente, a los ciclistas, que tendrán que respetar siempre las normas de circulación. El resto de conductores deben tener en cuenta que las bicicletas son como cualquier otro vehículo y, a falta de carril bici, tienen el mismo derecho a circular por la calzada.
2.- Casco: Por ley, el uso del casco es siempre obligatorio para los menores 16 años. Para los mayores de 18 años será obligatorio en vías interurbanas. Hay que recordar que las multas por no utilizarlo pueden ascender hasta los 200 euros.
3.- Uno más en la calzada: Al contrario de lo que indica la normativa para circular por carretera, en ciudad el ciclista puede situarse en el centro, ofreciendo, además, mayor visibilidad.
4.- Respetar las señales: El ciclista tiene que cumplir la normativa de tráfico al 100%. Deberá respetar todas las señales verticales, placas y semáforos, y horizontales, líneas continuas, carril bus, paso de peatones y ceda el paso, que encuentre en su camino. Hay que tener en cuenta que, en este último caso, los peatones siempre tienen prioridad.
5.- Visibilidad: Es recomendable llevar prendas que potencien la visibilidad durante el día y por la noche o en túneles, el ciclista está obligado a llevar algún elemento reflectante homologado. Por otra parte, la bicicleta debe disponer de una luz delantera fija y en la parte trasera de un catadióptrico y una luz fija roja. Hay que saber que no llevar estas luces reglamentarias en la bici puede acarrear multas de hasta 80 euros.
6.- Límites de velocidad: Los ciclistas están obligados a respetar el límite de velocidad de cada vía y nunca superar los 45 km/h que tienen de velocidad máxima permitida.
7.- Nada de móviles: Está completamente prohibido el uso del móvil y auriculares en bicicleta. Su uso puede suponer una multa de 200 euros.
8.- Señalizar maniobras: Según la norma, para un giro a la derecha hay que levantar el brazo izquierdo formando un ángulo de 90 grados. Para girar a la izquierda y adelantar hay que extender el brazo izquierdo con la palma de la mano hacia abajo. Si va a frenar de forma brusca, agite el brazo izquierdo con movimientos de arriba hacia abajo.
9.- Prohibido beber: La bicicleta no es una excepción y conducirla con una tasa de alcohol en sangre que supere los 0.5 g/l puede suponer una falta grave sancionada con 500 euros.
10.- Un seguro: Contratar un seguro de bicicleta es una de las opciones más recomendables para circular de forma segura.
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley que reforma el baremo de las indemnizaciones en caso de accidente de tráfico, de forma que en los casos de muerte aumentarán una media del 50% y por lesiones en un 35%.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha recordado que estas indemnizaciones no se habían actualizado desde 2003 y espera que el nuevo texto, que se adapta a la actual realidad social y potencia los acuerdos extrajudiciales, pueda ser aprobado durante este periodo de sesiones.
Por su parte, la presidenta de la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa), Pilar González de Frutos, se ha mostrado feliz por la aprobación del nuevo baremo, del que ha destacado el “alto grado de consenso” alcanzado entre las víctimas de los accidentes de tráfico, las aseguradoras, abogados y ministerios de Justicia y Economía.
Estos son los que han adaptado las tablas de las indemnizaciones con las que se agilizan las valoraciones de los daños en función de los diferentes perjuicios que puede sufrir la víctima.
La presidenta de la patronal de las aseguradora también ha valorado que se hayan tenido en cuenta cambios sociales, como los que se dan en la estructura familiar española, y económicos con la cobertura de áreas que antes no se recogían en el sistema, como es el caso del lucro cesante (que es el dinero que se deja de ganar en el futuro) o la asistencia sanitaria que puede llegar a necesitar una víctima con lesiones permanentes.
Así, como ejemplo, la muerte de un padre de familia con ingresos netos al año de 38.000 euros que deja viuda y tres hijos menores de 12 años pasa de una indemnización actual de 335.519 euros a 671.480. O también, una profesional que gana más de 60.000 euros al año que en un accidente de tráfico sufre la amputación parcial de una pierna pasa de recibir 350.000 euros a un máximo de 750.000.
Pilar González de Frutos considera que el nuevo baremo les otorga seguridad a lasaseguradorasa la hora de calcular cuáles son sus responsabilidades.
Más información sobre la modificación del baremos de las indemnizaciones por accidentes de tráfico pinchando AQUÍ
Ser un trabajador por cuenta propia en España sigue siendo muy difícil. La aplicación de la Ley de Morosidad y la Directiva Europea de Lucha contra la Morosidad sigue brillando por su ausencia. A marzo de 2015, las administraciones públicas tardan 85 días de media en pagar a los trabajadores autónomos.
A pesar de estos casi tres meses de retraso en el pago, el informe del Observatorio del Trabajo Autónomo de ATA revela que los periodos medios de pago se han reducido en cinco días desde el informe de hace tres meses. Así, en diciembre de 2014 se tardaba en pagar 90 días.
A este respecto, el presidente de la Federación de AutónomosATA, Lorenzo Amor, ha pedido a los candidatos a alcaldes y presidentes regionales que en las próximas elecciones establezcan un recargo del 20% a todas las administraciones que no paguen.
Hay que recordar que el recargo por retrasarse en el pago de la cuota de autónomos es del 20% de la deuda y se cobrarán unos interesesde demora a partir día siguiente al del vencimiento del plazo reglamentario.
Las comunidades autónomas más morosas son Aragón, con 123 días, seguida muy de cerca por Murcia, con 122 días, y Cataluña, con 120. Por encima de la media se sitúan Andalucía y la Comunidad Valenciana, con 119 días, y la Comunidad de Madrid, con 92. Por el contrario, las menos morosas son La Rioja, con 48 días, País Vasco, con 51 días, y Galicia, con 52.
Hay que resaltar que ninguna comunidad cumple los 30 días que marca la ley.
Amor ha insistido en que “las administraciones siguen siendo unas morosas y todas las comunidades autónomas incumplen la ley” y ha pedido al Ministerio de Administraciones Públicas que habilite un buzón en el que los proveedores puedan denunciar las malas prácticas y ha demandado la creación de un cuerpo de inspección que vigile la morosidad y un régimen sancionador para las administraciones que incumplan de forma reiterada.
Más información sobre el tema y enlace al informe del Observatorio del Trabajo Autónomo de ATA pinchando AQUÍ.