Seguro de vida colectivo para empresas: qué cubre, cuánto cuesta y cuándo lo exige el convenio
El seguro de vida colectivo para empresas es la póliza que contrata la empresa para cubrir a toda su plantilla frente al fallecimiento y la invalidez permanente, con un capital por trabajador que fija el convenio o la propia empresa. Para una plantilla de unos 20 empleados con edad media de 40 años y 30.000 € de capital por persona cuesta, orientativamente, entre 1.500 y 3.000 € al año en 2026: menos de 150 € por empleado. La prima es gasto deducible para la empresa. Comparamos las aseguradoras de vida que trabajan colectivos en España y comprobamos antes que la póliza cumple lo que dice tu convenio.
Pedir propuesta para mi plantilla →¿Qué es un seguro de vida colectivo y cómo funciona?
Es un seguro de vida en el que el tomador es la empresa y los asegurados son sus trabajadores. Si un empleado fallece, sus beneficiarios cobran el capital pactado; si queda en invalidez permanente, lo cobra él. El capital puede ser el mismo para todos o distinto por categoría, antigüedad o salario, y la póliza admite altas y bajas durante el año sin rehacer nada.
Frente a un seguro individual tiene dos ventajas que se notan enseguida. La prima se calcula sobre la edad media del grupo, no persona a persona, y sale más barata. Y a partir de cierto tamaño de plantilla las aseguradoras suprimen el cuestionario de salud: nadie queda fuera por un historial médico. Ese umbral cambia de una compañía a otra, y es lo primero que comparamos.
Y hay una razón menos amable para tenerlo: muchos convenios colectivos obligan a la empresa a contratar un seguro de vida o de accidentes para sus trabajadores, con capitales concretos. Si el convenio lo exige y no está contratado, la empresa responde de ese capital con su propio dinero el día que ocurre algo. Lo hemos visto, y no es raro.
¿Qué cubre el seguro de vida colectivo?
Fallecimiento por cualquier causa
Enfermedad o accidente, dentro y fuera del trabajo, las 24 horas. Es la garantía principal y la que exigen los convenios. Puede llevar doble capital por accidente y triple por accidente de circulación.
Invalidez permanente absoluta
Cuando el trabajador ya no puede desempeñar ninguna profesión. El capital suele ser el mismo que el de fallecimiento y se anticipa: lo cobra el propio asegurado.
Invalidez permanente total
Cuando no puede seguir en su profesión habitual pero sí en otra. Es opcional en muchas pólizas y conviene incluirla cuando el convenio la nombra.
Gran invalidez
La situación en la que además necesita ayuda de otra persona para la vida diaria. Algunas pólizas la cubren con un capital superior.
Enfermedades graves
Anticipo de parte del capital ante un diagnóstico de cáncer, infarto o ictus. No lo piden los convenios; lo piden las plantillas, y diferencia una oferta de empleo de otra.
Capitales por categoría
Un capital para el convenio y otro superior para mandos y directivos, en la misma póliza. Es lo habitual en empresas medianas: cumplen el convenio y retienen a quien más cuesta reemplazar.
¿Qué diferencia hay entre seguro de convenio, vida colectivo y accidentes?
Los tres nombres se mezclan en las búsquedas y en las conversaciones, y no son lo mismo. Esta tabla es la que usamos para explicarlo en la primera llamada.
| Póliza | Qué cubre | Quién la necesita | Fiscalidad para el trabajador |
|---|---|---|---|
| Vida colectivo | Fallecimiento e invalidez por cualquier causa, dentro y fuera del trabajo | Empresas cuyo convenio exige capital por fallecimiento «por cualquier causa», y las que lo dan como beneficio social | La prima se imputa como retribución en especie según la normativa del IRPF |
| Accidentes colectivo | Fallecimiento e invalidez sólo por accidente; a veces incapacidad temporal | Empresas cuyo convenio exige capital «por accidente», que son la mayoría | La prima del accidente laboral no es retribución en especie (art. 42.2.b de la Ley del IRPF) |
| «Seguro de convenio» | No es una póliza: es el nombre que se da a la de vida o a la de accidentes cuando la exige el convenio | Hay que leer el convenio para saber cuál de las dos, con qué capitales y qué contingencias | La de la póliza que corresponda |
Cada convenio fija sus capitales y sus contingencias, y cambian con cada revisión del convenio. Por eso no damos cifras de convenio de memoria: comprobamos el convenio que se aplica a tu empresa y su última actualización antes de cotizar. Si tu convenio exige accidentes y no vida, la página que buscas es la del seguro colectivo de accidentes.
¿Cuánto cuesta un seguro de vida colectivo en 2026?
Depende del número de trabajadores, de su edad media, de los capitales y de la actividad. Para la mayoría de las pymes la fórmula que recomendamos es sencilla: el capital del convenio para toda la plantilla y uno superior para la dirección. Estos son los tramos orientativos con los que trabajamos:
1.500-3.000 €
al año · plantilla de unos 20 empleados, edad media 40 años, 30.000 € por persona
12.000-120.000 €
capital por empleado habitual, según convenio y política de la empresa
100 %
de la prima es gasto deducible para la empresa en el Impuesto sobre Sociedades
Orientativos, en vigor en 2026. Para el trabajador, la prima del seguro de vida que paga la empresa se imputa como retribución en especie según la Ley 35/2006 del IRPF; la del seguro de accidente laboral, no (artículo 42.2.b). Es un matiz que cambia la nómina y que conviene explicar a la plantilla al contratarlo.
¿Para qué empresas tiene sentido?
Empresas con convenio que lo exige
Construcción, metal, hostelería, limpieza, transporte y muchos más. La póliza es una obligación, y la revisión anual de capitales también.
Empresas que retienen con beneficios sociales
Vida colectivo junto al seguro de salud y al dental: el paquete que más pesa cuando alguien decide si se queda.
Entidades del tercer sector
Fundaciones y asociaciones con personal contratado tienen el mismo convenio que cualquier empresa, y además voluntarios con su propio seguro de voluntarios.
Con una correduría o directo con la aseguradora: qué cambia
El seguro es el mismo; lo que cambia es quién lee el convenio y quién lleva el siniestro. Una aseguradora te ofrece su tarifa de colectivos; nosotros pedimos la de varias con la misma descripción de plantilla, comparamos el umbral a partir del cual desaparece el cuestionario de salud, las exclusiones por profesión y el tratamiento de las bajas, y comprobamos que los capitales cumplen el convenio vigente. Cuando ocurre lo peor, el trámite con la familia y con la aseguradora lo hacemos nosotros. La comisión la paga la aseguradora, no tú. Desde 1985, para empresas de Madrid, Palencia y toda España. Si lo que buscas es un seguro de vida para ti, y no para la plantilla, está en la página del seguro de vida.
Preguntas frecuentes sobre el seguro de vida colectivo para empresas
¿Es obligatorio el seguro de vida para las empresas?
No hay una ley general que lo imponga; lo imponen los convenios colectivos, y la mayoría exige un seguro de vida o de accidentes con capitales concretos. Si tu convenio lo exige y no lo tienes, la empresa responde de ese capital con su patrimonio. Lo primero que hacemos es leer tu convenio.
¿Qué diferencia hay entre el seguro de vida colectivo y el seguro de convenio?
«Seguro de convenio» no es un producto: es la póliza de vida o de accidentes que el convenio obliga a contratar. Si el convenio habla de fallecimiento «por cualquier causa», hace falta un vida colectivo; si habla de «accidente», basta con un accidentes colectivo, que es más barato.
¿La prima del seguro de vida para empleados tributa para el trabajador?
Sí: la prima que paga la empresa por el seguro de vida se imputa al trabajador como retribución en especie, según la Ley del IRPF. La del seguro de accidente laboral no tiene esa consideración (artículo 42.2.b). Para la empresa, en los dos casos, la prima es gasto deducible.
¿Hace falta cuestionario de salud para cada empleado?
Depende del tamaño del colectivo y de la aseguradora. A partir de cierto número de asegurados las compañías aceptan a toda la plantilla sin cuestionario y sin exclusiones individuales; por debajo, piden una declaración de salud sencilla o un cuestionario para los capitales altos. Comparamos ese umbral entre aseguradoras.
¿Puedo dar más capital a los directivos que al resto?
Sí. Una misma póliza admite capitales por categoría: el mínimo del convenio para toda la plantilla y capitales superiores, con enfermedades graves incluidas, para mandos y dirección. Es la fórmula más habitual en empresas medianas.
¿Qué necesitáis para cotizar un seguro de vida colectivo?
El convenio que se aplica, el número de trabajadores con sus fechas de nacimiento y los capitales que queréis, si son distintos del convenio. Con eso pedimos propuesta a varias aseguradoras de vida y en 48 horas tienes comparativa.
¿Revisamos el seguro de vida de tu plantilla?
Con el convenio y la lista de trabajadores basta para empezar. Comprobamos qué exige el convenio, qué tienes contratado y qué costaría cumplirlo bien, sin coste y sin compromiso.
