Seguro de caución para empresas: la garantía que sustituye al aval bancario
El seguro de caución es una garantía emitida por una aseguradora que sustituye al aval del banco cuando la Administración, un cliente o un organismo te exigen asegurar que vas a cumplir: la Ley de Contratos del Sector Público lo admite expresamente como forma de garantía. A diferencia del aval, no inmoviliza dinero ni consume tu línea de crédito; pagas una prima y el resto de tu capacidad financiera queda libre. Lo emitimos para licitaciones, ejecución y retención de obra, subvenciones, cantidades a cuenta, residuos, aduanas y desmantelamiento, con varias aseguradoras de caución, y con un marco anual si licitas a menudo.
Pedir una garantía de caución →¿Qué es un seguro de caución y en qué se diferencia del aval bancario?
Cuando firmas un contrato con la Administración o con un cliente grande, te piden una garantía: un importe que responde si no cumples. Durante años eso significaba ir al banco a pedir un aval. El banco lo emite, pero a cambio pignora un depósito o computa el importe como riesgo vivo, cobra una comisión trimestral y reduce lo que puedes pedir para lo demás. Una constructora con seis obras en marcha puede tener bloqueada en avales una cantidad que le vendría muy bien para comprar material.
El seguro de caución hace lo mismo con otro emisor. La aseguradora garantiza al beneficiario (la Administración, el promotor, la Consejería) que cobrará si tú no cumples, y a cambio tú pagas una prima. No hay depósito, no hay pignoración y la operación no aparece en la CIRBE como riesgo bancario. La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público lo admite en su artículo 108 como forma de constituir las garantías provisional y definitiva, en pie de igualdad con el aval y el efectivo.
| Qué pasa con… | Aval bancario | Seguro de caución |
|---|---|---|
| Tu tesorería | Depósito o pignoración, total o parcial | Libre: no se inmoviliza nada |
| Tu capacidad de crédito | Consume línea y computa en la CIRBE | No computa como riesgo bancario |
| Lo que pagas | Comisión de apertura y de riesgo trimestral | Una prima anual sobre el importe garantizado |
| Validez ante la Administración | Admitido (art. 108 LCSP) | Admitido, en pie de igualdad (art. 108 LCSP) |
Hay un matiz que conviene entender antes de contratar. La caución no es un seguro que te proteja a ti: protege al beneficiario. Si la aseguradora paga porque no cumpliste, después te lo reclama. Es una garantía, no una cobertura de tu incumplimiento. Lo que te da es liquidez y capacidad de endeudamiento mientras cumples, que es lo que pasa en la inmensa mayoría de los contratos.
Garantías que emitimos por caución
Licitaciones públicas
Garantía provisional para presentarte y definitiva al adjudicarte el contrato, en obra, servicios y suministros. Emisión en plazo, que en una licitación es lo que cuenta.
Buena ejecución y mantenimiento de obra
Garantías que exige el promotor a la constructora y ésta a sus subcontratas: correcta ejecución, plazo de garantía y retenciones. Sustituyen el dinero que se queda retenido en cada certificación.
Subvenciones y anticipos
Cuando una ayuda pública se cobra por adelantado, el organismo pide garantía por el anticipo hasta justificar el proyecto. La caución la cubre sin tocar tesorería en el momento en que más falta hace.
Cantidades a cuenta en promoción inmobiliaria
La garantía de devolución de las cantidades que los compradores entregan a cuenta de una vivienda en construcción, obligatoria para el promotor.
Organismos reguladores
Agencias de viajes ante la Consejería de Turismo, gestores de residuos, operadores de telecomunicaciones, garantías aduaneras y de impuestos especiales. Cada organismo tiene su modelo de garantía y la aseguradora lo firma tal cual.
Desmantelamiento y medio ambiente
Garantías de restauración y desmantelamiento de instalaciones (fotovoltaicas, eólicas, canteras, gasolineras, plantas de residuos) y garantías financieras de responsabilidad medioambiental. Importes altos y plazos largos, que es donde el aval bancario duele más.
Caución no es crédito: la confusión más frecuente
Los dos seguros se contratan a veces con la misma aseguradora y por eso se confunden, pero cubren cosas opuestas. La caución garantiza que tú cumples con un tercero. El seguro de crédito te cubre a ti cuando tu cliente no te paga. Una empresa que vende a plazo y además licita con la Administración suele necesitar los dos, y conviene contratarlos con visión de conjunto: la información financiera que estudia la aseguradora es la misma y el límite de una operación condiciona la otra.
¿Cómo se emite y de qué depende la prima?
Nos cuentas qué garantía necesitas: importe, beneficiario, plazo y el modelo de texto que exige el organismo. Nos mandas las últimas cuentas anuales y, si la operación es grande, un avance del ejercicio en curso. La aseguradora estudia la solvencia de la empresa, no la obra o el contrato en sí, y emite la póliza en pocos días. Para quien licita cada mes, montamos una línea de caución: un límite global aprobado una vez, con el que cada garantía individual se emite en horas. Y si nunca has usado caución, lo normal es empezar por una garantía provisional pequeña: en cuanto ves que el organismo la acepta sin más trámite que con el aval, la siguiente ya la pides sin pensarlo.
La prima es un porcentaje anual sobre el importe garantizado. No publicamos un tanto porque depende de tres cosas que cambian de una empresa a otra: la solvencia que reflejan las cuentas, el tipo de garantía (una provisional de licitación se tasa distinto que una de desmantelamiento a quince años) y el plazo. Lo que sí te decimos desde el principio es si la operación es viable y con qué aseguradoras, porque cada una tiene su apetito: la que rechaza una garantía de residuos acepta encantada una de obra, y al revés. Trabajar con varias es lo que permite emitir cuando el banco o una primera aseguradora han dicho que no.
Para quién es este seguro
Constructoras e ingenierías
Licitaciones, garantías definitivas, retenciones de obra y plazos de garantía. Es el sector que más caución contrata.
Industria y energía
Suministros a la Administración, anticipos de proyectos y garantías de desmantelamiento de plantas e instalaciones.
Transporte, aduanas y servicios
Garantías aduaneras, concesiones de servicios públicos, agencias de viajes y empresas con subvenciones anticipadas.
Con una correduría o directo con la aseguradora: qué cambia
En caución, la diferencia está en dos momentos. Antes de emitir, en presentar bien la empresa: las cuentas explicadas, la operación descrita como la quiere ver el departamento de riesgos y el modelo de garantía revisado para que el beneficiario no lo devuelva por una coma. Y después, en el plazo: una garantía que llega un día tarde no sirve para nada, y nosotros sabemos qué aseguradora emite en 48 horas y cuál necesita una semana. Comparamos condiciones y primas de varias aseguradoras de caución y llevamos la renovación, la cancelación y la devolución de las garantías cuando el contrato termina, que es una gestión que suele quedarse olvidada y sigue costando prima. La comisión la paga la aseguradora, no tú. Desde 1985 gestionamos garantías para empresas que licitan, construyen y venden a la Administración.
Preguntas frecuentes sobre el seguro de caución
¿Qué es un seguro de caución para empresas?
Una garantía emitida por una aseguradora que responde ante un tercero (la Administración, un cliente, un organismo) si tu empresa no cumple una obligación: presentar una oferta, ejecutar un contrato, justificar una subvención o devolver un anticipo. Hace la misma función que un aval bancario, sin inmovilizar dinero ni consumir crédito.
¿La Administración acepta el seguro de caución en lugar del aval bancario?
Sí. El artículo 108 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público admite el contrato de seguro de caución como forma de constituir las garantías provisional y definitiva, igual que el aval y el depósito en efectivo. La aseguradora firma el modelo oficial del órgano de contratación y se deposita en la Caja General de Depósitos o donde indique el pliego.
¿Qué diferencia hay entre los seguros de crédito y caución para empresas?
El seguro de crédito te indemniza si un cliente no te paga una venta a plazo. El seguro de caución garantiza a un tercero que tú cumplirás, y si la aseguradora paga por ti, después te lo reclama. Uno cubre tu cobro; el otro avala tu cumplimiento. Muchas empresas necesitan los dos y se estudian con la misma documentación.
¿Sirve el seguro de caución para garantías de desmantelamiento?
Sí, y es de los usos que más crecen: instalaciones fotovoltaicas y eólicas, canteras, gasolineras y plantas de tratamiento tienen que garantizar la restauración del terreno al final de su vida útil. Son garantías de importe alto y plazo largo, que las aseguradoras de caución estudian caso a caso y que por aval bancario bloquearían capacidad durante años.
¿Puede usarse como garantía de una subvención cobrada por anticipado?
Sí. Cuando un organismo adelanta una ayuda antes de que justifiques el proyecto, suele exigir garantía por el importe anticipado. La póliza de caución cubre ese anticipo hasta la justificación, y se cancela cuando el organismo da por cumplido el expediente. Conviene pedirla con tiempo: el plazo para constituir la garantía lo marca la resolución.
¿Cuánto tarda y qué documentación hace falta?
Las últimas cuentas anuales, el modelo de garantía que exige el beneficiario y los datos de la operación (importe, plazo, beneficiario). Con eso, la aseguradora estudia la solvencia y emite en pocos días; con una línea de caución ya aprobada, cada garantía sale en horas. Si una aseguradora o el banco te han dicho que no, cuéntanoslo igualmente: otras tienen otro criterio.
¿Necesitas una garantía?
Dinos importe, beneficiario y plazo, y mándanos las últimas cuentas. Te decimos en dos días si es viable, con qué aseguradoras y a qué coste. Si el plazo de la licitación ya está corriendo, llámanos antes de escribir: sabemos qué aseguradora emite mañana.
