Seguro de transporte de mercancías: qué cubre, cuándo lo necesitas y por qué la RC del transportista no basta
El seguro de transporte de mercancías es la póliza que paga el valor de tu carga si se pierde o se daña en el camino, por carretera, barco, avión o tren, nacional o internacional. Hace falta porque el transportista sólo responde por kilo y con límites legales: un tercio del IPREM diario por kilo en España y 8,33 derechos especiales de giro por kilo en el transporte internacional. Un palé de electrónica de 60.000 € cobraría del transportista unos pocos miles. Lo diseñamos por expedición, flotante o sobre facturación, y gestionamos el siniestro cuando la carga no llega.
Pedir propuesta para mis mercancías →¿Por qué la responsabilidad del transportista no cubre tu carga?
Cuando contratas un camión, el porteador responde de la mercancía, pero no de su valor: responde de un importe por kilo que fija la ley. En transporte terrestre nacional, el artículo 57 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías limita la indemnización a un tercio del IPREM diario por cada kilo bruto perdido o dañado. En transporte internacional por carretera, el Convenio CMR la limita a 8,33 derechos especiales de giro por kilo, en torno a 10 €. Y en el marítimo y el aéreo los convenios internacionales también van por kilo o por bulto.
La cuenta es sencilla. Un palé de 400 kilos de componentes electrónicos que vale 60.000 € cobraría del transportista, en el mejor de los casos, entre 2.500 y 4.000 €. El resto lo pierde el dueño de la mercancía, salvo que pruebe dolo del porteador, que en la práctica casi nunca se prueba.
| Qué pasa con la carga | RC del transportista | Seguro de transporte de mercancías |
|---|---|---|
| Quién lo contrata | La empresa de transporte | El dueño de la mercancía (cargador, vendedor o comprador) |
| Cuánto paga | Un importe por kilo: un tercio del IPREM diario (nacional) o 8,33 DEG (CMR) | El valor real asegurado de la carga |
| Cuándo paga | Sólo si el porteador es responsable | Con independencia de la culpa, salvo exclusiones |
| Quién reclama después | Tú, contra el transportista, en los plazos legales | La aseguradora, contra el transportista, tras pagarte |
Eso es lo que resuelve el seguro de transporte de mercancías: cubre el valor real de la carga, con independencia de quién tenga la culpa, y después es la aseguradora la que reclama al transportista lo que le corresponda. Es un seguro del cargador, del vendedor o del comprador, no del transportista. La responsabilidad civil del transportista es otra póliza, y la explicamos aparte.
¿Qué cubre el seguro de mercancías en tránsito?
Todo riesgo
Cualquier daño o pérdida material de la mercancía durante el viaje, salvo las exclusiones expresas (vicio propio, embalaje insuficiente, demora, guerra). En el transporte marítimo son las cláusulas ICC (A) del Instituto de Londres; en carretera, la condición «todo riesgo» de cada aseguradora.
Riesgos nombrados
Sólo lo que la póliza enumera: vuelco, colisión, incendio, robo con fuerza, caída del vehículo. Es más barata y encaja con mercancía robusta y de valor medio. Las ICC (B) y (C) marítimas son de esta familia.
Carga y descarga
Los daños que se producen al subir o bajar la mercancía del vehículo, que es donde ocurren muchos de los siniestros y donde la RC del transportista suele discutir si ya era responsable.
Estancias intermedias
Almacenes de tránsito, plataformas de transbordo, depósitos aduaneros. La cobertura va de almacén a almacén, no sólo mientras la mercancía rueda.
Avería gruesa y salvamento
En transporte marítimo, la contribución que te toca cuando el capitán sacrifica parte de la carga o contrata un salvamento para salvar el buque. Sin seguro se paga de tu bolsillo antes de recuperar el contenedor.
Mercancías peligrosas (ADR)
Productos químicos, gases, baterías de litio. Se aseguran, pero con condiciones propias: clase de peligrosidad declarada, embalaje homologado y transportista con la autorización correspondiente.
Tipos de seguro de mercancías: por expedición, flotante o sobre facturación
Por expedición
Se asegura un envío concreto: origen, destino, mercancía y valor. Para quien envía pocas veces al año o tiene una expedición de valor excepcional, como una máquina que va a una feria.
Póliza flotante
Una sola póliza para todos los envíos del año. Se declaran periódicamente (cada mes o cada trimestre) y la prima se liquida sobre lo declarado. Es la fórmula habitual de fabricantes y distribuidores con envíos regulares.
Sobre facturación
Para grandes volúmenes y operadores logísticos: la prima se calcula sobre la facturación anual transportada y cubre automáticamente cada envío, sin declararlos uno a uno. Es la que piden los 3PL con cientos de expediciones diarias.
La prima es un tanto por mil sobre el valor asegurado, y ese tanto depende de la mercancía (no se tasa igual el acero que los perfumes), del medio de transporte, del destino y del historial de siniestros. No publicamos una tarifa porque no existe una: en un mismo mes hemos cotizado cargas con diez veces de diferencia en la tasa. Lo que sí hacemos es pedirla a varias aseguradoras de transporte con la misma descripción de riesgo, para que las ofertas sean comparables.
Seguro terrestre nacional, internacional y multimodal: qué cambia
En un envío nacional por carretera (el seguro terrestre de toda la vida) el marco es la Ley 15/2009 y el seguro suele contratarse de almacén a almacén sin más complicación. En cuanto la mercancía cruza una frontera entran el Convenio CMR, los Incoterms de la compraventa y, si hay tramo marítimo o aéreo, un convenio distinto para cada uno. El Incoterm decide quién soporta el riesgo en cada tramo: con EXW el comprador lo asume desde la puerta del vendedor; con CIF el vendedor tiene que contratar un seguro mínimo hasta el puerto de destino, y ese mínimo (ICC C) cubre poco. Muchas reclamaciones que gestionamos nacen ahí: el comprador creía que la mercancía venía asegurada, y lo estaba, pero sólo contra naufragio.
En el transporte multimodal (carretera, puerto, buque, otra vez carretera) hay que asegurar el viaje completo con una sola póliza, sin huecos entre tramos ni entre transportistas. Es donde más valor aporta que alguien mire el flujo logístico entero antes de contratar.
Para quién es este seguro
Fabricantes
Que envían su producción a clientes y distribuidores, en España o fuera.
Importadores, exportadores y distribuidores
Que compran o venden con Incoterms y necesitan cubrir el tramo del que responden.
Operadores logísticos y transitarios
Que quieren ofrecer a sus clientes un seguro de la mercancía además de su RC de transportista y del seguro de su flota.
Qué pasa cuando la carga no llega
Un siniestro de transporte se gana o se pierde en las primeras 24 horas. Hay que anotar las reservas en el CMR o en la carta de porte en el momento de la entrega (daños visibles) o en los siete días siguientes (daños no visibles), fotografiar el estado del embalaje, retener la mercancía dañada para el perito y comunicar el siniestro a la aseguradora y al transportista por escrito. Sin reservas en plazo, el transportista queda liberado y la aseguradora tiene difícil recuperar nada.
Nosotros nos encargamos de esa parte: abrimos el expediente, preparamos la reclamación al porteador con los plazos de la Ley 15/2009 o del CMR, coordinamos el peritaje y seguimos el pago hasta el final. Lo que el cliente hace es avisarnos el mismo día.
Con una correduría o directo con la aseguradora: qué cambia
El seguro es el mismo; lo que cambia es quién describe el riesgo y quién reclama. Una aseguradora te ofrece su condicionado de transporte; nosotros comparamos los de varias, ajustamos la cláusula (todo riesgo o nombrados, ámbito, franquicia, estancias) a lo que mueves de verdad y, cuando hay un siniestro, la reclamación al transportista y a la aseguradora la llevamos nosotros. La comisión la paga la aseguradora, no tú. Desde 1985 aseguramos mercancías de empresas industriales, comerciales y logísticas, y buena parte del trabajo está en leer bien el flujo antes de contratar.
Preguntas frecuentes sobre el seguro de transporte de mercancías
¿Es obligatorio el seguro de transporte de mercancías?
No. Ninguna ley obliga al cargador a asegurar su mercancía. Lo que existe es la responsabilidad legal del transportista, limitada por kilo (Ley 15/2009 en nacional, Convenio CMR en internacional). Por eso quien quiere cobrar el valor real de la carga contrata un seguro de mercancías, y algunos contratos de compraventa (Incoterm CIF o CIP) sí exigen al vendedor contratarlo.
¿Qué diferencia hay entre el seguro de mercancías y la RC del transportista?
El seguro de mercancías lo contrata el dueño de la carga y paga su valor pase lo que pase, salvo exclusiones. La RC del transportista la contrata la empresa de transporte y sólo paga si el porteador es responsable y hasta el límite legal por kilo. Una empresa de transporte necesita la segunda; quien envía o recibe mercancía, la primera.
¿Qué es un seguro de mercancías a todo riesgo?
El que cubre cualquier daño o pérdida material durante el transporte salvo las exclusiones expresas del condicionado (vicio propio de la mercancía, embalaje insuficiente, demora, guerra y algunas más). Es lo contrario de la póliza de riesgos nombrados, que sólo cubre los sucesos listados. En marítimo equivale a las cláusulas ICC (A).
¿Se puede asegurar mercancía peligrosa (ADR)?
Sí. Las aseguradoras de transporte cubren mercancías ADR declarando la clase de peligro, el embalaje homologado y el transportista autorizado. La tasa es mayor y algunas clases (explosivos, ciertos gases) exigen condiciones especiales. Lo que no se puede es transportarla como carga general y esperar que el seguro responda.
¿Cubre el seguro los daños en la carga y descarga y en los almacenes intermedios?
Si se contrata «de almacén a almacén», sí: carga, descarga, transbordos y estancias intermedias dentro del curso normal del transporte. Conviene comprobarlo porque las pólizas más básicas empiezan y terminan con la mercancía dentro del vehículo, y ahí se producen muchos siniestros.
¿Qué información necesitáis para cotizar?
Qué mercancía mueves, su valor medio por envío y anual, orígenes y destinos, medios de transporte, si hay mercancía peligrosa o refrigerada, y el historial de siniestros de los últimos tres años. Con eso pedimos propuesta a varias aseguradoras de transporte y en unos días tienes comparativa.
¿Aseguramos tus mercancías?
Cuéntanos qué mueves, por dónde y con qué frecuencia. Para empezar vale con una carta de porte y una factura de ejemplo. Te decimos qué modalidad encaja y te traemos propuestas comparables de varias aseguradoras de transporte, sin coste y sin compromiso.
