Asegurar una moto un día cuesta 12,09 €
Un seguro de moto por días cuesta 12,09 € por un día, 14,96 € por tres, 23,46 € por una semana y 86,25 € por treinta días. Son los precios de nuestro tarificador para una Honda PCX y un conductor de 36 años, en vigor en 2026 con Divina Seguros. Se contrata en un par de minutos y la póliza llega al correo. Sirve para mover una moto que no tiene póliza anual por un motivo legítimo: la que acabas de comprar, la que tiene que pasar la ITV con el seguro vencido o la que vuelve a circular después de una baja temporal. Lo que no permite es asegurar la moto los fines de semana de sol y dejarla sin seguro el resto del invierno, y por ahí conviene empezar.
Un día de seguro para una Honda PCX, conductor de 36 años. Tarifa en vigor en 2026 con Divina Seguros, con la responsabilidad civil obligatoria y las garantías que la acompañan.
¿Puedo quitarle el seguro a la moto en invierno?
No, mientras siga de alta en la DGT. Quien usa la moto sólo con buen tiempo suele hacer la misma cuenta cuando llega octubre: si de noviembre a marzo no la voy a sacar del garaje, para qué pagar el seguro esos meses. La respuesta está en el artículo 2.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que obliga a todo propietario de un vehículo con estacionamiento habitual en España a “suscribir y mantener en vigor” el seguro obligatorio. La ley no pregunta si la moto circula. Una moto matriculada y de alta tiene que estar asegurada aunque pase cuatro meses tapada con una funda.
Un seguro por días no cambia eso, porque no se puede encadenar para cubrir sólo los días de uso: cada póliza dura como mucho treinta días y la aseguradora admite un máximo de sesenta al año por vehículo.
Tampoco la libra guardarla en un garaje propio o en una finca. La obligación va unida a la titularidad, no al sitio donde duerme la moto. Y desde la reforma de la Ley 5/2025, el artículo 1 bis define el hecho de la circulación como “toda utilización de un vehículo a motor que sea conforme con la función del vehículo como medio de transporte”, sin distinguir entre una carretera y un camino dentro de una parcela.
La sanción por no tenerlo está en el artículo 3: multa de 601 a 3.005 euros, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, la duración de la falta de seguro y la reiteración. A eso se suma el depósito o precinto de la moto, un mes la primera vez y tres si se repite, con los gastos a cargo del propietario. Que la moto estuviera parada rebaja la multa. No la quita.
La salida legal: la baja temporal en la DGT
La única excepción que contempla la ley, en el artículo 2.8, es el vehículo dado de baja temporal o definitiva en el registro de la DGT. La baja temporal voluntaria se pide en la sede electrónica o en persona, tiene tasa, dura hasta un año y se puede prorrogar antes de que venza. Te dan un justificante que llevas a tu aseguradora para que paralice la póliza.
Mientras dure la baja, la moto no puede circular, y hay un matiz que la DGT explica en su propia página: si se queda aparcada en la vía pública, tiene que seguir con seguro e ITV aunque esté de baja. Sólo cuando se guarda en una propiedad privada deja de ser necesario. Para volver a sacarla hay que pedir el alta, que también tiene tasa, tener la ITV al día y contratar un seguro o reactivar el que tenías, y el ayuntamiento cobrará el impuesto de circulación de ese año.
Antes de pedirla, pregunta a tu aseguradora qué hace con la póliza cuando le entregas el justificante, si la paraliza y la reactiva en primavera o si la anula. La respuesta cambia la cuenta. Si tienes la moto asegurada con nosotros, nos lo preguntas y te lo decimos con tu póliza delante.
Cuándo tiene sentido un seguro de moto por días
Todos los casos en los que encaja tienen algo en común: hay una moto que necesita circular unos días y no hay una póliza anual que la cubra por un motivo legítimo.
El más habitual es la moto de segunda mano. La has pagado, tienes que llevártela a casa o al taller, y la transferencia sigue en trámite. No conviene contar con la póliza del vendedor: la contrató él, con sus datos como conductor, y lo normal es que la anule en cuanto vende. Unos días de seguro temporal cubren el traslado y te dejan tiempo para contratar la anual comparando ofertas, en vez de firmar la primera que aparece con la moto en la puerta.
Lo mismo sirve al revés, cuando eres tú quien la vende y hay que llevarla al comprador, a un compraventa o al puerto para exportarla.
La ITV es el segundo. Se te ha vencido el seguro anual, la moto tiene años y no sabes si va a pasar la inspección, así que contratar doce meses por adelantado antes de saberlo no tiene mucho sentido. Contratas los días justos para llevarla, pasarla y volver, y decides después.
El tercero sale directamente de la sección anterior: la moto que vuelve de una baja temporal. En cuanto pides el alta, la obligación de asegurarla vuelve a correr, y para llevarla a la ITV necesitas un seguro en vigor. Un seguro por días cubre ese tramo hasta que empieza la póliza anual, que es la que tendrá que acompañarla a partir de ahí.
Queda un cuarto caso, el hueco entre dos pólizas: la anterior vence un día y la nueva empieza unos días después porque estabas comparando. Ese intervalo sin seguro es el que se cubre, por pocos días y sin compromiso de permanencia.

¿Y si me dejan una moto?
Depende de si esa moto ya tiene seguro. Si lo tiene, no se puede contratar un segundo sobre la misma matrícula: al introducirla, el sistema de la aseguradora rechaza la contratación con un mensaje que dice que la matrícula ya está asegurada en otra póliza en vigor. En ese caso lo que hay que mirar es la póliza del dueño. Muchas admiten conductores ocasionales, y otras excluyen o encarecen a los conductores jóvenes o con poca antigüedad de carné. Si tu caso es el segundo, el arreglo está en esa póliza, no en una nueva.
Donde sí encaja es en la moto de otra persona que no tiene seguro en vigor, por ejemplo la de un familiar que acaba de volver de una baja temporal y hay que llevar al taller. La ley lo prevé: el propietario queda relevado de la obligación de asegurar “cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento”. Lo que no se puede es inventarse los datos. Quien contrata declara al conductor, y su edad y la antigüedad de su carné son la base del precio y de la aceptación del riesgo.
Cuánto cuesta un seguro de moto por días
Estos son los precios de nuestro tarificador para una Honda PCX y un conductor de 36 años, en vigor en 2026. Sirven para hacerse una idea del orden de magnitud. El tuyo dependerá de la moto, de tu edad y de la antigüedad de tu carné, que son los factores que el condicionado de la aseguradora cita para calcular la prima.
| Duración | Precio total | Sale por día a |
|---|---|---|
| 1 día | 12,09 € | 12,09 € |
| 3 días | 14,96 € | 4,99 € |
| 7 días | 23,46 € | 3,35 € |
| 30 días | 86,25 € | 2,88 € |
Lo que más pesa es abrir la póliza, no cada día suelto. Del primer día al tercero sólo van 2,87 €, y entre tres días y una semana la diferencia es de 8,50 €, así que si no tienes claro cuánto vas a tardar en pasar la ITV o en cerrar la compra, coger margen sale barato. El otro extremo también cuenta. Treinta días son 86,25 €, y si tu situación se alarga más de un mes, o si se repite varias veces al año, esa moto necesita ya su póliza anual.
¿Cuánto cuesta asegurarlo solo esos días?
Dinos qué vas a conducir y cuántos días, y te enseñamos el precio real de nuestro tarificador para un caso parecido. El tuyo lo ves en un minuto, con tu matrícula.
Gratis y sin compromiso · la póliza se emite al momento
De los tres tipos de vehículo que admite este seguro, la moto es el más barato. En nuestra guía del seguro de coche por días tienes la misma tabla para un coche y una furgoneta.
Qué cubre y qué deja fuera
La póliza es completa aunque dure un día. Según el documento de información del producto (IPID) y las condiciones generales de la aseguradora, incluye estas garantías:
| Garantía | Límite |
|---|---|
| Responsabilidad civil obligatoria, daños a personas | 70.000.000 € por accidente |
| Responsabilidad civil obligatoria, daños a bienes | 15.000.000 € por accidente |
| Responsabilidad civil suplementaria | 50.000.000 € |
| Defensa jurídica y reclamación de daños | Incluida |
| Seguro del conductor: muerte, invalidez permanente y asistencia sanitaria | Según condiciones particulares |
| Asistencia en viaje | Opcional |
En la moto hay una diferencia con el coche que conviene conocer antes de contratar. Las condiciones generales excluyen siempre la invalidez permanente parcial del conductor cuando el vehículo es una motocicleta o un ciclomotor, también al subir o bajar de ella. La muerte y la asistencia sanitaria siguen cubiertas. Y es un seguro a terceros: si te caes tú solo, la reparación de la moto, el casco y la ropa corren de tu cuenta, igual que el robo. Si el golpe lo provoca otro, tus daños los paga su aseguradora, y para reclamárselos está la defensa jurídica incluida.
La asistencia en viaje es opcional y en moto la recomendamos. Cubre el remolque hasta el taller que elijas, con un tope de 600 €, y el rescate si la moto cae a un desnivel y no puede salir por sus propios medios, con otros 600 €. Vale en España desde el kilómetro cero y en toda Europa. Como cualquier seguro de circulación, deja fuera los daños con alcohol o drogas, sin permiso de conducir o en competiciones.
Si tienes un accidente con la moto
Con la póliza en vigor, el siniestro se tramita igual que con una anual. Si hay otro vehículo, rellenad el parte amistoso en el momento, en papel o con la aplicación Declaración IDEA, y si alguien está herido llama primero al 112. Tienes siete días para comunicar el siniestro a la aseguradora, que es el plazo que fija el IPID, y si contrataste con nosotros el parte lo abrimos y lo seguimos desde la correduría. Te lo explicamos con más detalle en el artículo sobre qué pasa si conduces sin seguro aunque sea un día.
Sin póliza, el problema cambia de tamaño. El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza a la víctima de un vehículo sin asegurar, porque la ley no la deja desprotegida, pero después puede repetir contra el propietario y contra el responsable del accidente (artículo 11). Y el propietario que no conducía responde junto al conductor de los daños que este cause, salvo que pruebe que le habían robado la moto (artículo 1.3). Un atropello con lesiones puede suponer una reclamación de varias decenas de miles de euros, y en ese caso no hay aseguradora que la asuma.
Una última cosa sobre cómo se contrata. Es un proceso de dos minutos en nuestra web, sin llamar a nadie, pero la póliza queda en una correduría con cuarenta y un años de oficio en Las Rozas y Palencia. Si un día hay un parte, tienes a alguien que lo lleva por ti, que es justo la parte que no ves al contratar.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo dejar la moto sin seguro en invierno si está en un garaje o en una finca?
No, si sigue de alta en la DGT. La ley obliga al propietario a mantener el seguro en vigor circule o no la moto, y guardarla en un garaje o en una finca no cambia esa obligación. La salida legal es la baja temporal en la DGT, y aun así, si la moto se queda aparcada en la vía pública, tiene que seguir con seguro e ITV.
¿Se puede hacer un seguro de moto para un solo día?
Sí. Un día es la duración mínima y cuesta 12,09 € para una Honda PCX y un conductor de 36 años, según nuestro tarificador en 2026. Eliges la fecha de efecto y la póliza cubre esa jornada.
¿Me sirve para llevar la moto a la ITV?
Sí, siempre que lo contrates con margen. La cobertura empieza en la fecha de efecto, pero el alta en el fichero de vehículos asegurados (FIVA), que es donde lo comprueban, puede tardar desde unas horas hasta un par de días. Lleva el recibo contigo.
¿Puedo asegurar por días una moto que no es mía?
Sí, si esa moto no tiene otro seguro en vigor. Si lo tiene, la aseguradora no admite una segunda póliza sobre la misma matrícula, y lo que hay que revisar es si la póliza del dueño cubre a conductores ocasionales.
¿Cubre los daños de mi moto si me caigo yo solo?
No. Es un seguro a terceros: responde de los daños que causes a otros. Tus lesiones sí tienen cobertura a través del seguro del conductor, salvo la invalidez permanente parcial, que en motos queda excluida.
¿Cuántos días puedo contratar?
Cada póliza cubre de 1 a 30 días, y un mismo vehículo puede acumular hasta 60 días asegurados por esta vía dentro de un año. Si necesitas más, lo que te conviene es una póliza anual.
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