Saltar al contenido principal

Seguro colectivo de accidentes

Seguros para empresas

Seguro colectivo de accidentes para empresas

El seguro de accidentes colectivo es obligatorio en la mayoría de convenios colectivos. Cubre a tus trabajadores frente a fallecimiento e invalidez por accidente laboral o extralaboral, complementando las prestaciones de la Seguridad Social.

Solicitar presupuesto

Por qué es obligatorio en la mayoría de empresas

Si revisas tu convenio colectivo, lo más probable es que encuentres una cláusula que obliga a la empresa a contratar un seguro de accidentes para los trabajadores. Los capitales mínimos varían según el convenio (habitualmente entre 15.000 y 60.000 euros por trabajador), pero la obligación existe en la inmensa mayoría de sectores.

No tenerlo contratado supone un incumplimiento del convenio que puede acarrear sanciones laborales y, lo que es peor, la obligación de indemnizar directamente al trabajador o sus herederos con los capitales que debería haber cubierto el seguro. Hemos visto casos en los que la empresa acabó pagando de su bolsillo 40.000 euros por no haber contratado una póliza que costaba 300 euros al año.

Coberturas del seguro de accidentes colectivo

Fallecimiento por accidente

Laboral y extralaboral (24 horas). Capital fijo por trabajador según convenio. Puede incluir doble capital por accidente de circulación.

Invalidez permanente

Absoluta (IPA) y total para la profesión habitual. Baremo de invalidez parcial según porcentaje funcional. Capitales según convenio.

Incapacidad temporal

Indemnización diaria mientras el trabajador está de baja por accidente. Complementa la prestación de la Seguridad Social hasta completar el salario real.

Cuánto cuesta

El coste depende del número de empleados, los capitales del convenio y el riesgo de la actividad. Un seguro de accidentes de convenio para una empresa de oficinas con 20 empleados puede costar entre 400 y 800 euros al año. Para una empresa industrial o de construcción con riesgo más alto, entre 1.000 y 3.000 euros. Siempre deducible en Sociedades.

En Sure Service revisamos tu convenio colectivo, verificamos los capitales obligatorios y te buscamos la mejor opción. Si ya tienes uno contratado, comprobamos que cumple con los mínimos del convenio vigente (muchas empresas tienen pólizas antiguas con capitales desactualizados).

¿Cumple tu empresa con el convenio?

Te revisamos gratis el convenio y te decimos si necesitas contratar o actualizar tu seguro de accidentes. Sin compromiso.

← Volver a seguros para empresas

Seguro de Responsabilidad Civil para Administraciones Públicas

Seguros para empresas

Seguro de RC para Administraciones Públicas

Ayuntamientos, diputaciones, organismos autónomos y empresas públicas se enfrentan a reclamaciones patrimoniales constantes. Un bache que provoca un accidente, un árbol que cae sobre un coche, un error administrativo que causa un perjuicio económico. La responsabilidad patrimonial de la Administración es directa y objetiva.

Solicitar programa de seguros

Por qué las administraciones públicas necesitan un seguro específico

La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público establece que las administraciones son responsables de los daños causados a los ciudadanos por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Esto significa que la administración responde incluso cuando no hay negligencia: basta con que exista un daño y una relación de causalidad con la actividad administrativa.

Las reclamaciones más habituales que vemos en nuestra correduría: caídas en aceras en mal estado, accidentes por señalización deficiente, daños por inundaciones por falta de mantenimiento de alcantarillado, responsabilidad por actos de policías locales, y errores en procedimientos administrativos que causan perjuicio económico. Los importes pueden ir desde 3.000 euros por una caída hasta varios millones por un accidente mortal.

Coberturas del programa de seguros para administraciones

RC Patrimonial

Reclamaciones por funcionamiento normal o anormal de servicios públicos. Daños en vías urbanas, parques, instalaciones deportivas, edificios municipales, colegios públicos y centros de salud.

RC de autoridades y empleados

Protección personal para alcaldes, concejales, secretarios, interventores, técnicos y todo el personal laboral y funcionario en el ejercicio de sus funciones públicas.

RC de servicios concesionados

Cobertura subsidiaria por servicios gestionados mediante concesión o contrata: limpieza, jardinería, mantenimiento de vías, transporte público municipal.

Defensa jurídica y fianzas

Asistencia legal especializada en derecho administrativo y contencioso-administrativo. Constitución de fianzas en procedimientos penales contra autoridades o funcionarios.

Daños materiales

Multirriesgo para edificios municipales, colegios, bibliotecas, centros culturales, polideportivos e instalaciones de titularidad pública.

Accidentes colectivos

Cobertura para participantes en actividades municipales: escuelas deportivas, campamentos de verano, fiestas patronales, eventos culturales.

Entidades que aseguramos

Ayuntamientos de todos los tamaños (desde pequeños municipios rurales hasta grandes ciudades), diputaciones provinciales, mancomunidades de municipios, organismos autónomos locales, empresas públicas municipales, consorcios, patronatos y fundaciones de titularidad pública.

Cada administración tiene necesidades diferentes. Un ayuntamiento de 2.000 habitantes no necesita el mismo programa que uno de 200.000. Por eso diseñamos cada programa a medida, analizando los servicios que presta, los activos que posee, el número de empleados y el histórico de reclamaciones.

Nuestra experiencia con el sector público

Llevamos más de 41 años trabajando con administraciones públicas. Conocemos los procedimientos de contratación pública, los plazos de reclamación patrimonial, las particularidades de la responsabilidad de autoridades y funcionarios, y la dinámica real de las reclamaciones administrativas. No te vendemos una póliza estándar adaptada: te diseñamos un programa específico para tu administración.

¿Necesitas un programa de seguros para tu administración?

Realizamos estudios personalizados para ayuntamientos, diputaciones y organismos públicos. Sin compromiso.

← Volver a seguros para empresas

Consorcio de compensación

Consorcio de compensación

Consorcio de compensación

Consorcio de compensación de seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros es un instrumento al servicio del sector asegurador español, plenamente integrado en el mismo, y que cuenta con una dilatada experiencia en el ámbito de las actividades que desarrolla. Sus orígenes datan de hace más de setenta años si nos remontamos a 1928, en que se creó la Comisaría del Seguro Obligatorio de Viajeros, que pasó a integrar en 1981 un organismo único junto con el Fondo Nacional de Garantía de Riesgos de la Circulación y el propio Consorcio de Compensación de Seguros. 1928 fue también el año en que vio la luz el seguro de crédito a la exportación, ámbito en el que tan importantes cometidos viene desempeñando nuestra Entidad.

Las actividades del Consorcio de compensación de seguros, se enmarcan en las funciones aseguradoras y no aseguradoras que tiene legalmente encomendadas. Respecto de las primeras cabe destacar su carácter de subsidiaridad en el ámbito del seguro español, siendo su actuación, por lo general, la de un asegurador directo, en defecto de participación del mercado privado, y también la propia de un Fondo de Garantía, cuando se dan determinadas circunstancias de falta de seguro, insolvencia del asegurador, etc.

 

Información de Sure Service