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Seguro de Responsabilidad Civil Médico Sanitaria

Seguros para empresas

Seguro de Responsabilidad Civil Médico Sanitaria

Un error de diagnóstico, una complicación quirúrgica, una infección nosocomial. Las reclamaciones por mala praxis médica en España han crecido un 30% en la última década, y las indemnizaciones pueden superar los 500.000 euros. Si trabajas en sanidad, este seguro no es opcional.

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Por qué necesitas un seguro de RC médico sanitaria

Cualquier profesional sanitario está expuesto a una reclamación. Da igual lo bien que trabajes: basta con que un paciente considere que el resultado no ha sido el esperado para que te llegue una demanda. Y la defensa jurídica sola, aunque ganes el caso, puede costarte más de 30.000 euros.

En España, los plazos de prescripción para reclamaciones sanitarias son especialmente largos: hasta un año desde que el paciente conoce el daño, que puede descubrirse años después del acto médico. Esto hace que la elección del tipo de póliza (ocurrencia vs. claims made) y el período de retroactividad sean decisiones críticas que muchos profesionales descuidan.

A quién va dirigido

Profesionales sanitarios

Médicos de todas las especialidades, cirujanos, dentistas, enfermeros, matronas, fisioterapeutas, psicólogos clínicos, farmacéuticos, podólogos, ópticos-optometristas, logopedas.

Centros sanitarios

Clínicas privadas, hospitales, centros de día, residencias geriátricas, laboratorios de análisis, centros de reproducción asistida, centros de cirugía mayor ambulatoria.

Servicios complementarios

Empresas de ambulancias, servicios de urgencias extrahospitalarias, centros de estética con actos médicos, clínicas veterinarias, centros de medicina deportiva.

Coberturas que debe incluir tu póliza

Mala praxis profesional

Errores de diagnóstico, complicaciones en tratamientos e intervenciones, omisiones, reacciones adversas, falta de consentimiento informado. La cobertura principal de la póliza.

Defensa jurídica completa

Abogados especializados en derecho sanitario, peritos médicos, procedimientos civiles, penales y contencioso-administrativos. Incluye personación en diligencias previas.

RC de instalaciones

Caídas de pacientes, accidentes en quirófanos por fallo de equipos, infecciones nosocomiales, daños derivados de instalaciones defectuosas. Fundamental para centros.

RC patronal sanitaria

Accidentes laborales del personal del centro: pinchazos, exposición a patógenos, lesiones por movilización de pacientes, estrés laboral documentado.

Fianzas penales

Constitución de fianzas exigidas por el juzgado en procedimientos penales contra el profesional sanitario. Un gasto que puede ser inasumible sin seguro.

Protección de datos sanitarios

Reclamaciones por filtración de historiales clínicos y datos de salud. Datos especialmente protegidos por el RGPD con sanciones agravadas.

Póliza por ocurrencia vs. claims made: por qué importa

En RC sanitaria, la mayoría de pólizas en España son de tipo claims made (por reclamación): cubren las reclamaciones que te llegan durante la vigencia de la póliza, independientemente de cuándo ocurrió el acto médico. El período de retroactividad (1, 3 o 5 años) determina hasta dónde hacia atrás estás cubierto.

Si cambias de aseguradora o dejas de ejercer, necesitas un período de descubrimiento (run-off) que cubra reclamaciones futuras por actos pasados. En Sure Service nos aseguramos de que este aspecto esté siempre bien cubierto, porque es donde se producen la mayoría de sustos.

Capitales y precios orientativos

El capital mínimo recomendable para un profesional sanitario es de 300.000 euros. Para cirujanos, anestesistas y obstetras, recomendamos al menos 600.000 euros por la mayor severidad de las posibles reclamaciones. Para centros sanitarios, los capitales habituales van de 600.000 a 3.000.000 euros según tamaño y actividad.

La prima anual para un médico generalista con 300.000 EUR de capital ronda los 300-500 euros. Para un cirujano con 600.000 EUR, entre 800 y 1.500 euros. Para un centro sanitario, depende enormemente del número de profesionales, especialidades y volumen de pacientes.

¿Revisamos tu seguro de RC sanitaria?

Tanto si eres un profesional individual como si diriges un centro sanitario, te hacemos un estudio comparativo sin compromiso. Trabajamos con aseguradoras especializadas en riesgos sanitarios.

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Seguro colectivo de accidentes

Seguros para empresas

Seguro colectivo de accidentes para empresas

El seguro de accidentes colectivo es obligatorio en la mayoría de convenios colectivos. Cubre a tus trabajadores frente a fallecimiento e invalidez por accidente laboral o extralaboral, complementando las prestaciones de la Seguridad Social.

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Por qué es obligatorio en la mayoría de empresas

Si revisas tu convenio colectivo, lo más probable es que encuentres una cláusula que obliga a la empresa a contratar un seguro de accidentes para los trabajadores. Los capitales mínimos varían según el convenio (habitualmente entre 15.000 y 60.000 euros por trabajador), pero la obligación existe en la inmensa mayoría de sectores.

No tenerlo contratado supone un incumplimiento del convenio que puede acarrear sanciones laborales y, lo que es peor, la obligación de indemnizar directamente al trabajador o sus herederos con los capitales que debería haber cubierto el seguro. Hemos visto casos en los que la empresa acabó pagando de su bolsillo 40.000 euros por no haber contratado una póliza que costaba 300 euros al año.

Coberturas del seguro de accidentes colectivo

Fallecimiento por accidente

Laboral y extralaboral (24 horas). Capital fijo por trabajador según convenio. Puede incluir doble capital por accidente de circulación.

Invalidez permanente

Absoluta (IPA) y total para la profesión habitual. Baremo de invalidez parcial según porcentaje funcional. Capitales según convenio.

Incapacidad temporal

Indemnización diaria mientras el trabajador está de baja por accidente. Complementa la prestación de la Seguridad Social hasta completar el salario real.

Cuánto cuesta

El coste depende del número de empleados, los capitales del convenio y el riesgo de la actividad. Un seguro de accidentes de convenio para una empresa de oficinas con 20 empleados puede costar entre 400 y 800 euros al año. Para una empresa industrial o de construcción con riesgo más alto, entre 1.000 y 3.000 euros. Siempre deducible en Sociedades.

En Sure Service revisamos tu convenio colectivo, verificamos los capitales obligatorios y te buscamos la mejor opción. Si ya tienes uno contratado, comprobamos que cumple con los mínimos del convenio vigente (muchas empresas tienen pólizas antiguas con capitales desactualizados).

¿Cumple tu empresa con el convenio?

Te revisamos gratis el convenio y te decimos si necesitas contratar o actualizar tu seguro de accidentes. Sin compromiso.

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Seguro de Responsabilidad Civil para Administraciones Públicas

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Seguro de RC para Administraciones Públicas

Ayuntamientos, diputaciones, organismos autónomos y empresas públicas se enfrentan a reclamaciones patrimoniales constantes. Un bache que provoca un accidente, un árbol que cae sobre un coche, un error administrativo que causa un perjuicio económico. La responsabilidad patrimonial de la Administración es directa y objetiva.

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Por qué las administraciones públicas necesitan un seguro específico

La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público establece que las administraciones son responsables de los daños causados a los ciudadanos por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Esto significa que la administración responde incluso cuando no hay negligencia: basta con que exista un daño y una relación de causalidad con la actividad administrativa.

Las reclamaciones más habituales que vemos en nuestra correduría: caídas en aceras en mal estado, accidentes por señalización deficiente, daños por inundaciones por falta de mantenimiento de alcantarillado, responsabilidad por actos de policías locales, y errores en procedimientos administrativos que causan perjuicio económico. Los importes pueden ir desde 3.000 euros por una caída hasta varios millones por un accidente mortal.

Coberturas del programa de seguros para administraciones

RC Patrimonial

Reclamaciones por funcionamiento normal o anormal de servicios públicos. Daños en vías urbanas, parques, instalaciones deportivas, edificios municipales, colegios públicos y centros de salud.

RC de autoridades y empleados

Protección personal para alcaldes, concejales, secretarios, interventores, técnicos y todo el personal laboral y funcionario en el ejercicio de sus funciones públicas.

RC de servicios concesionados

Cobertura subsidiaria por servicios gestionados mediante concesión o contrata: limpieza, jardinería, mantenimiento de vías, transporte público municipal.

Defensa jurídica y fianzas

Asistencia legal especializada en derecho administrativo y contencioso-administrativo. Constitución de fianzas en procedimientos penales contra autoridades o funcionarios.

Daños materiales

Multirriesgo para edificios municipales, colegios, bibliotecas, centros culturales, polideportivos e instalaciones de titularidad pública.

Accidentes colectivos

Cobertura para participantes en actividades municipales: escuelas deportivas, campamentos de verano, fiestas patronales, eventos culturales.

Entidades que aseguramos

Ayuntamientos de todos los tamaños (desde pequeños municipios rurales hasta grandes ciudades), diputaciones provinciales, mancomunidades de municipios, organismos autónomos locales, empresas públicas municipales, consorcios, patronatos y fundaciones de titularidad pública.

Cada administración tiene necesidades diferentes. Un ayuntamiento de 2.000 habitantes no necesita el mismo programa que uno de 200.000. Por eso diseñamos cada programa a medida, analizando los servicios que presta, los activos que posee, el número de empleados y el histórico de reclamaciones.

Nuestra experiencia con el sector público

Llevamos más de 41 años trabajando con administraciones públicas. Conocemos los procedimientos de contratación pública, los plazos de reclamación patrimonial, las particularidades de la responsabilidad de autoridades y funcionarios, y la dinámica real de las reclamaciones administrativas. No te vendemos una póliza estándar adaptada: te diseñamos un programa específico para tu administración.

¿Necesitas un programa de seguros para tu administración?

Realizamos estudios personalizados para ayuntamientos, diputaciones y organismos públicos. Sin compromiso.

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Consorcio de compensación

Consorcio de compensación

Consorcio de compensación

Consorcio de compensación de seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros es un instrumento al servicio del sector asegurador español, plenamente integrado en el mismo, y que cuenta con una dilatada experiencia en el ámbito de las actividades que desarrolla. Sus orígenes datan de hace más de setenta años si nos remontamos a 1928, en que se creó la Comisaría del Seguro Obligatorio de Viajeros, que pasó a integrar en 1981 un organismo único junto con el Fondo Nacional de Garantía de Riesgos de la Circulación y el propio Consorcio de Compensación de Seguros. 1928 fue también el año en que vio la luz el seguro de crédito a la exportación, ámbito en el que tan importantes cometidos viene desempeñando nuestra Entidad.

Las actividades del Consorcio de compensación de seguros, se enmarcan en las funciones aseguradoras y no aseguradoras que tiene legalmente encomendadas. Respecto de las primeras cabe destacar su carácter de subsidiaridad en el ámbito del seguro español, siendo su actuación, por lo general, la de un asegurador directo, en defecto de participación del mercado privado, y también la propia de un Fondo de Garantía, cuando se dan determinadas circunstancias de falta de seguro, insolvencia del asegurador, etc.

 

Información de Sure Service