200.000 pymes españolas exportan al año. La mayoría no se llaman «exportadoras»
Los aranceles para pymes españolas y la incertidumbre comercial están obligando a muchas empresas a revisar proveedores, costes y mercados. Pero pocas están revisando algo igual de relevante: si las pólizas que firmaron hace tiempo siguen protegiendo el negocio que tienen hoy. Cuando cambia la cadena de suministro, cuando entran proveedores nuevos, cuando aparecen rutas alternativas o se acumula más stock en almacén, también cambia la exposición al riesgo. Y los seguros no se ajustan solos.
LO QUE NO SE VE EN LA PÓLIZA
99%
del tejido empresarial español son pymes y autónomos (INE). Casi todas tienen una cadena de suministro con piezas, componentes o servicios que vienen de fuera. Y casi ninguna ha revisado si su póliza sigue cubriendo esa cadena tal como funciona hoy.
El relato público gira en torno a la «guerra comercial» y los aranceles. El efecto que llega a una pyme española no se parece a un titular. Llega en forma de un proveedor que retrasa una entrega, de un cliente que paga más tarde, de una materia prima más cara o de un seguro de transporte que se queda corto.
Llevamos meses recibiendo consultas de empresarios preocupados por una pregunta muy concreta: ¿qué efecto tienen los aranceles para pymes españolas como la mía? Vamos a repasar qué ha cambiado, qué riesgos aparecen sin avisar y qué pólizas conviene mirar antes de que pase algo.
En los últimos meses, varias palancas se han movido a la vez. La tensión comercial entre EE. UU. y la Unión Europea, los nuevos aranceles cruzados, los cambios regulatorios sobre productos sensibles y el incremento del coste logístico están obligando a empresas de muy distintos tamaños a tomar decisiones rápidas. El impacto real de los aranceles para pymes va mucho más allá del titular económico.
Lo que vemos en la correduría es bastante común:
Cambio de proveedores para evitar países con sobrecoste o incertidumbre legal.
Nuevas rutas logísticas, con tránsitos más largos o trasvases en puertos distintos.
Más stock acumulado en almacén para amortiguar retrasos previsibles.
Apertura de nuevos mercados destino para diversificar ventas.
Cambios contractuales con clientes ante riesgos de impago o cancelación.
Cada uno de estos cambios, en plano financiero, parece una decisión operativa. Visto desde la póliza, es algo más: cada uno modifica la exposición real de la empresa al riesgo.
El Gobierno español ha sido consciente del impacto. En 2025 se aprobaron medidas específicas de apoyo a empresas afectadas por las nuevas tensiones comerciales, con líneas de financiación ICO y acompañamiento de CESCE en proyectos de internacionalización. Es buena señal. Pero ninguna de esas medidas cubre los riesgos que no están bien asegurados.
Los riesgos que aparecen sin avisar
Cuando una empresa modifica su forma de operar, suele aparecer una bolsa de riesgos que antes no existía o no se veía. Los agrupamos en tres bloques.
Riesgos financieros
El impago es el primero que aparece. Si un cliente extranjero entra en dificultades, o si un proveedor te cobra una mercancía y no la entrega, el daño se traduce en tesorería. Los márgenes ajustados de muchas pymes hacen que dos o tres impagos seguidos puedan comprometer el cierre del ejercicio.
A esto se suma la tensión de liquidez por almacenamiento prolongado y la pérdida de margen al trabajar con proveedores nuevos a precios distintos. El seguro de crédito comercial, históricamente minoritario en pymes españolas, está creciendo de forma sostenida según los datos sectoriales que publica UNESPA.
Riesgos operativos
Con proveedores nuevos hay menos histórico, menos confianza y menos previsibilidad. Lo que suele aparecer:
Retrasos en plazos de entrega.
Defectos de calidad no detectados a tiempo.
Dependencia crítica de un único proveedor para un componente clave.
Interrupción de actividad por falta de stock.
El riesgo de interrupción del negocio es uno de los grandes infravalorados en España. Muchas pymes tienen multirriesgo, pero no pérdida de beneficios, una cobertura que indemniza el lucro cesante cuando la actividad se paraliza por causa asegurada.
Riesgos logísticos
Las mercancías se mueven más, recorren rutas más largas y se almacenan en sitios distintos. Eso significa más exposición a daños, robos y siniestros durante el transporte y el almacenamiento intermedio. Las pólizas de transporte estándar suelen tener límites por viaje o por suma asegurada anual que se quedan cortos cuando crece la operativa.
Una mercancía con más valor en tránsito, una ruta nueva o un almacén intermedio cambian la realidad de la póliza, aunque la póliza no diga nada distinto.
Cuando una pyme cambia proveedores, rutas o stock, la realidad operativa cambia. La póliza no se entera sola.
Qué seguros conviene revisar ante los aranceles para pymes
No hace falta cambiar todas las pólizas. Hace falta revisar las que cubren los riesgos que ahora pesan más. En orden de relevancia para la mayoría de pymes con exposición indirecta al comercio internacional:
Ojo: no todas las pymes necesitan las cinco coberturas que vienen a continuación. Si vendes solo a clientes locales con prepago y trabajas sin stock, hay pólizas que sobran. La revisión sirve también para eso: para quitar lo que no aporta.
1. Seguro de crédito comercial
Protege frente al impago de clientes, sobre todo en operaciones a plazo. Lo emiten compañías especializadas (Crédito y Caución, Solunion, Atradius, CESCE para operaciones públicas). Para una pyme que vende a otras empresas, es la primera línea de defensa frente al efecto dominó de los impagos.
2. Seguro de transporte de mercancías
Tanto en operaciones de importación como de exportación, e incluso en envíos nacionales. Conviene revisar:
Suma asegurada por viaje. ¿Sigue cubriendo el valor real?
Países y rutas cubiertas. ¿Están incluidas las nuevas?
Medios de transporte (terrestre, marítimo, aéreo, multimodal).
Cubre el lucro cesante cuando la actividad se interrumpe por siniestro asegurado. En contextos de cadena de suministro tensa, conviene revisar si la cobertura incluye interrupción por daños en proveedor (la llamada contingent business interruption), que en muchas pólizas estándar viene capada o excluida.
4. Multirriesgo empresarial
Si la empresa ha ampliado almacén, ha cambiado de instalación, ha incrementado el stock o ha incorporado maquinaria nueva, la suma asegurada suele quedarse corta. El infraseguro castiga doblemente: cuando se necesita, se cobra menos.
5. Ciberriesgo
Los procesos comerciales más digitalizados, los proveedores nuevos con accesos a sistemas internos y el aumento del fraude del CEO en operaciones internacionales hacen que el riesgo ciber escale. Lo tratamos a fondo en el post sobre seguro de ciberriesgos para empresas.
¿Tu póliza sigue reflejando cómo opera tu empresa hoy?
Revisamos contrato a contrato sin coste y sin obligación de cambiar nada. En la mayoría de casos detectamos al menos una cobertura desfasada en los primeros 15 minutos. Si todo está correcto, te lo decimos también.
Es la frase que más oímos cuando se plantea revisar coberturas relacionadas con comercio internacional. Y es comprensible. Una pyme que vende a clientes locales no se considera «exportadora». Pero la dependencia internacional puede ser indirecta y profunda:
El proveedor que vende los componentes que monta la pyme.
El distribuidor mayorista que importa el producto que la pyme revende.
El software o servicio cloud cuya facturación depende del tipo de cambio.
El cliente final cuyo cliente sí exporta y que reduce pedidos en cadena.
La pyme española está expuesta al comercio internacional aunque no facture un euro fuera de España. Y eso significa que sus seguros también deben revisarse cuando el contexto cambia, aunque la pyme no haya cambiado nada en su día a día.
La forma de verlo cambia todo. Una empresa no necesita exportar para estar en la cadena. Si su proveedor importa, ya forma parte del sistema. Y eso significa que los aranceles para pymes existen también cuando la palabra «exportación» no aparece en la factura.
Checklist en 8 preguntas
Para hacerte una idea rápida del nivel de exposición, este es el cuestionario que solemos pasar en una primera conversación con una pyme. Apunta tus «no sé»: cuántos te salen es el primer dato útil.
Hay una observación que se repite con casi todo el mundo que lo responde por primera vez: salen al menos tres «no sé». No es ignorancia: es que el negocio cambia más rápido que la póliza.
¿Dependes de proveedores internacionales para algún componente, producto o servicio clave?
¿Has cambiado proveedores, rutas o condiciones de compra en los últimos 12 meses?
¿Has aumentado el stock medio en almacén?
¿Hay clientes nuevos con plazos de pago más largos de lo habitual?
¿La mercancía en tránsito tiene más valor que cuando se contrató la póliza?
¿Existe dependencia crítica de un único proveedor para algo que no puedes parar?
¿Las pólizas se revisaron en los últimos 24 meses con un profesional?
¿Existe un plan mínimo de continuidad si un proveedor falla durante 30 días?
Si la respuesta es «no sé» en más de tres, conviene sentarse a revisar. No para vender pólizas, sino para entender el mapa actual de riesgos antes de que lo dibuje un siniestro. Un único impago grande, un contenedor mal cubierto o una interrupción de proveedor pueden costar más que toda la prima anual de la empresa multiplicada por diez. El escenario de aranceles para pymes españolas se mueve rápido; las pólizas no.
Lo barato del seguro es siempre revisar. Lo caro es descubrirlo cuando ya no hay margen.
Preguntas frecuentes
¿Cómo afectan los aranceles para pymes que no exportan directamente?
Sí, casi siempre de forma indirecta. Si tus proveedores importan, si tus clientes exportan o si compras maquinaria fabricada fuera, el impacto llega aunque no factures un euro al extranjero. Suele traducirse en costes más altos, retrasos o cambios en condiciones de pago.
¿Qué es el seguro de crédito comercial y para qué sirve?
Es una póliza que protege a una empresa frente al impago de sus clientes. La aseguradora cubre el cobro fallido hasta un límite pactado y, además, valora la solvencia de cada cliente antes de aprobar la operación. En contextos de incertidumbre comercial, es uno de los seguros con mayor demanda en pymes.
¿Mi multirriesgo cubre la interrupción de actividad por fallo de un proveedor?
La cobertura de pérdida de beneficios estándar suele responder a daños en las instalaciones aseguradas. Si la interrupción viene por un fallo en proveedor, hace falta una extensión específica (contingent business interruption) que no todas las pólizas incluyen y que conviene contratar de forma expresa.
¿Cada cuánto conviene revisar las pólizas de una pyme?
Lo razonable es revisarlas cada 12 o 24 meses, y siempre que ocurra un cambio relevante: nuevo proveedor crítico, nuevo mercado, ampliación de almacén, contratación significativa o cambio de modelo de venta. La realidad del negocio cambia mucho más rápido que las pólizas.
¿Qué fuentes oficiales puedo consultar sobre comercio exterior y riesgos?
Las principales son ICEX (Ministerio de Economía), CESCE (riesgo país), Banco de España (estabilidad financiera) y, en seguros, UNESPA e ICEA. El Gobierno publica además los planes de respuesta y medidas de apoyo en el BOE.
OM
Oscar Modroño Rodríguez Director — Correduría Sure Service · 41 años acompañando a pymes españolas
Cuando cambia el contexto, hay que revisar. No por miedo, sino por método. Llevamos cuatro décadas haciendo este ejercicio con empresas industriales, distribuidoras y técnicas en Madrid, Palencia y resto de España. Si quieres que veamos juntos cómo encajan tus pólizas con la situación actual de tu negocio, escríbenos desde contactenos. Sin compromiso, sin reuniones eternas y sin guion comercial.
20 millones de euros en multas por jornada en 2024
El registro horario digital en la empresa dejó de ser un trámite hace tiempo. En 2024 la Inspección de Trabajo elevó un 9% sus sanciones por incumplimientos del tiempo de trabajo hasta superar los 20 millones de euros, y las multas individuales pueden llegar hasta 187.515 € por trabajador en los casos más graves. Mientras el Gobierno tramita el decreto que hará digital y obligatorio el fichaje en todo el tejido empresarial, la presión sobre quien no registra bien ya está aquí. Y eso mueve el mapa de riesgos: lo que antes era un tema de RRHH ahora roza la responsabilidad de los administradores, la defensa jurídica del negocio y, en muchas pymes, el ciberriesgo.
Dato 2024
2,99 M€
Sanciones específicas por incumplimientos del registro de jornada, con 1.869 infracciones detectadas en 9.097 actuaciones inspectoras que afectaron a 21.649 trabajadores.
El registro horario lleva siendo obligatorio en España desde mayo de 2019. Lo que ha cambiado en estos seis años no es la obligación, sino la dureza con la que se vigila: las sanciones por tiempo de trabajo se han casi triplicado respecto a la cifra del año en que entró la norma. Y lo que viene encima (un decreto que exigirá fichaje digital, inmutable, accesible en remoto para la Inspección y custodiado durante cuatro años) pone a muchas pymes ante un cambio operativo que pocas han traducido todavía al lenguaje del riesgo y de las pólizas.
Vamos a repasar dónde está la norma hoy, qué se mueve realmente cuando una empresa adapta su organización interna y qué seguros conviene mirar con calma antes de que llegue el inspector o la reclamación.
Registro horario digital: dónde está la norma ahora mismo
El año laboral 2025-2026 ha sido confuso en titulares. Conviene quedarse con cuatro fechas:
10 de septiembre de 2025: el Congreso tumbó la reforma de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. La jornada máxima legal sigue en 40 horas semanales en cómputo anual.
30 de septiembre de 2025: el Consejo de Ministros aprobó tramitar por la vía urgente un decreto-ley específico solo para el registro horario digital, separándolo de la reducción de jornada.
23 de marzo de 2026: el Consejo de Estado emitió un dictamen contrario al decreto. Señaló deficiencias en el análisis de impacto económico sobre pymes y dudas sobre la protección de datos de los trabajadores.
1 de abril de 2026: el Ministerio de Economía propuso dar un año de margen a las pymes para implantar el fichaje digital una vez que el decreto se apruebe.
La fotografía honesta: el registro horario digital obligatorio para todas las empresas aún no está aprobado, pero está a un paso. Mientras tanto, la obligación de registrar la jornada sigue tal cual desde 2019 y la Inspección no espera al decreto para sancionar.
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Algunos convenios sectoriales y algunas comunidades ya exigen sistemas digitales o trazables. Si llevas el fichaje en papel o en una hoja Excel sin auditoría, el riesgo de sanción no depende de cuándo se apruebe el decreto: depende de cuándo te llegue la próxima campaña inspectora.
Más control, más exposición: por qué cambia el mapa de riesgos
Cuando una empresa digitaliza el fichaje, no solo cumple una norma. Cambia cuatro cosas que tienen mucho que ver con sus seguros:
Genera una huella de datos. Cada hora trabajada, cada acceso, cada incidencia queda registrada y custodiada durante años. Es una mina para auditar y también una mina para reclamar.
Introduce un proveedor tecnológico nuevo. El software de fichaje accede a datos personales de la plantilla y suele estar alojado en la nube. Hay un tercero al que confiar información sensible.
Da herramientas al trabajador para reclamar. El propio empleado puede consultar su histórico. Conflictos que antes se diluían por falta de prueba pasan a tener prueba documental.
Eleva la responsabilidad de quien firma. Administradores y directivos son quienes implantan (o no implantan) el sistema y quienes responden ante un incumplimiento sistemático.
Estas cuatro cosas no van solas. Van con sus correspondientes nuevos vectores de reclamación, ataque o sanción. Y casi ningún seguro empresarial firmado hace tres o cuatro años los tiene en mente.
La estructura de una empresa cambia mucho antes que sus pólizas.
Riesgos que muchas empresas no están viendo
Reclamaciones laborales internas
Con el nuevo registro queda documentado todo: turnos, descansos, prolongaciones, horas que no se pagaron. Eso hace mucho más fácil una demanda por horas extra impagadas, una reclamación de cantidad o una papeleta de conciliación. La defensa jurídica laboral pasa de ser un trámite a ser un coste recurrente.
Exposición de administradores y directivos
El registro horario es responsabilidad del empleador. Si la empresa incumple de forma sistemática, los inspectores y, a veces, los socios minoritarios miran a quien firma. Reclamaciones por gestión negligente, por permitir un incumplimiento que ha derivado en sanciones cuantiosas o por no implantar a tiempo un sistema obligatorio están entrando en el mapa de los seguros D&O del mercado español, no solo las clásicas decisiones financieras o societarias.
Riesgo digital y ciberseguridad
El nuevo registro será digital, custodiado cuatro años y accesible en remoto para la Inspección. Eso convierte el fichaje en una base de datos personal con valor real para un atacante: nombres, DNIs, ubicaciones de acceso, hábitos, ausencias. Cualquier filtración o ataque a ese sistema dispara sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos y abre la puerta a reclamaciones individuales de cada trabajador afectado.
Cada nueva herramienta digital cambia el perímetro de riesgo que cubren las pólizas firmadas hace varios años.
Registro horario digital en la empresa: qué seguros revisar
Seguro D&O (responsabilidad de administradores y directivos)
Es el más sensible al cambio. Según los datos sectoriales más recientes, el 61,1% de las pymes españolas no tiene contratado un D&O (informe Hiscox, vía SegurosNews). Y son precisamente las pymes las que más dependen de uno o dos administradores que firman todo. Si tu empresa tiene D&O, conviene confirmar que el alcance cubre infracciones laborales y de compliance, no solo decisiones financieras o societarias. Si no lo tiene, probablemente sea la decisión más importante del año.
Defensa jurídica para empresa
Cubre los costes de abogados y procuradores cuando la empresa tiene que reclamar o defenderse. Con más documentación disponible para los empleados, los conflictos individuales aumentan. Una póliza de defensa jurídica empresarial bien dimensionada evita que cada papeleta de conciliación se convierta en un quebradero de caja.
Ciberriesgo
Aquí hay un matiz importante que no siempre se explica bien. El reflejo automático es pensar que si el fichaje está en un SaaS contratado a un tercero, la responsabilidad de un ciberataque es del proveedor. Es cierto a medias. Técnicamente sí: el SaaS responde frente a la empresa por la disponibilidad y la integridad del sistema. Pero ante el RGPD la empresa sigue siendo el responsable del tratamiento de los datos de su plantilla, y el proveedor solo el encargado. Si hay una filtración, los empleados afectados pueden reclamar contra la empresa (no solo contra el SaaS) y la AEPD puede sancionar a la empresa por no haber elegido un encargado con garantías suficientes o por no notificar a tiempo.
Por eso un seguro de ciberriesgo para empresas bien dimensionado sigue teniendo sentido aunque hayas externalizado el sistema: cubre esa responsabilidad legal residual frente a empleados y AEPD, los costes de notificación y la defensa frente a reclamaciones individuales. Si quieres entender en profundidad qué entra y qué no en este tipo de pólizas, lo explicamos aquí: seguro de ciberriesgos para empresas: qué cubre y qué no.
Coberturas vinculadas a empleados
Aquí entran el seguro de convenio (obligatorio cuando lo marca el sector), el de accidentes para plantilla y las coberturas adicionales tipo vida o invalidez. Cuando cambia la organización del trabajo (teletrabajo, turnos partidos, plantillas multilocación) conviene revisar que los condicionados reflejan dónde y cómo trabaja la gente de verdad, no la fotografía de cuando se firmó la póliza.
El error más habitual
«Esto es solo un cambio operativo.»
Lo escuchamos a menudo. La empresa contrata un software de fichaje, lo da por hecho y archiva. Pero ese cambio operativo ha tocado tres cosas a la vez: la trazabilidad documental laboral, el tratamiento de datos personales y la cadena de responsabilidad. Tres palancas que están descritas, literalmente, en el clausulado de la póliza de D&O, en la de ciberriesgo y en la de defensa jurídica.
Y aquí va una verdad incómoda: una póliza puede estar pagada al día y aun así no servir cuando llega el siniestro, porque cubre la empresa que existía cuando se firmó, no la que existe hoy. En esa línea va una idea que ya desarrollamos en otro post del blog: tu empresa ha crecido, ¿y tus seguros?.
Checklist de 8 preguntas para empresarios
Si respondes «no sé» o «no» a más de dos, conviene sentarse con tu corredor:
¿Sabes con qué sistema se ficha hoy en tu empresa y dónde se guardan los registros?
¿Ese sistema cumple los requisitos técnicos previstos en el decreto (inmutabilidad, trazabilidad, acceso remoto para la ITSS, custodia de 4 años)?
¿Has cambiado en los últimos tres años algún proceso de RRHH (teletrabajo, turnos, software, externalizaciones)?
¿Tu empresa tiene seguro D&O? Si lo tiene, ¿el clausulado cubre infracciones laborales y de compliance?
¿Tienes defensa jurídica laboral suficiente o sigues yendo caso a caso al despacho?
¿La póliza de ciberriesgo incluye filtraciones de datos personales de empleados?
¿El seguro de convenio refleja el último convenio colectivo aplicable a tu sector?
¿La última vez que revisaste todas las pólizas fue hace más o menos de dos años?
¿Tus pólizas siguen reflejando la empresa que eres hoy?
En Sure Service revisamos sin coste todas las coberturas de tu negocio: D&O, defensa jurídica, ciberriesgo y seguros vinculados a empleados. Te decimos lo que sobra, lo que falta y lo que está mal ajustado. Te respondemos en menos de 24 horas, sin compromiso y sin presión comercial. Echa un vistazo a nuestro asesoramiento integral en seguros para empresas.
¿El registro horario digital ya es obligatorio en mayo de 2026?
El registro horario en sí es obligatorio desde 2019 para toda empresa con personal por cuenta ajena. La novedad pendiente es la exigencia de que sea digital, inmutable y accesible en remoto para la Inspección. Ese decreto está aún en tramitación tras el dictamen contrario del Consejo de Estado de marzo de 2026 y, según las últimas comunicaciones del Ministerio de Economía, contemplará un periodo de adaptación de aproximadamente un año para pymes.
¿Qué multa puede caerle a una empresa por no llevar bien el registro horario?
La LISOS tipifica el incumplimiento como infracción grave, con sanciones de entre 626 y 6.250 euros por trabajador afectado. En casos de exceso de jornada sin remunerar, las multas pueden llegar a 187.515 euros. Las cuatro grandes auditoras españolas asumieron en 2024 sanciones por valor de 1,4 millones de euros por excederse en horas de trabajo.
¿Una pyme con cinco empleados necesita un seguro D&O?
En muchos casos sí. El tamaño de la plantilla no es lo que dispara el riesgo del administrador: lo que lo dispara es la responsabilidad personal y solidaria que asume quien firma. Una sanción grave de Inspección, una reclamación de un socio o una demanda laboral pueden alcanzar el patrimonio personal del administrador. El D&O cubre precisamente esa frontera entre el patrimonio del negocio y el del directivo.
¿Mi seguro de ciberriesgo cubre una filtración de datos del fichaje?
Depende del condicionado y también de quién custodia los datos. Si el registro está en un sistema propio, la póliza debería cubrir el ataque y sus consecuencias. Si está en un SaaS de un tercero, el incidente técnico lo asume el proveedor, pero la responsabilidad RGPD frente a vuestros empleados sigue siendo de la empresa: ahí es donde entra una buena póliza de ciberriesgo, cubriendo notificación, sanciones de la AEPD y reclamaciones individuales. En cualquier caso, si vais a almacenar registros horarios digitales durante cuatro años, lo razonable es leer el clausulado o pedirle al corredor que lo revise antes de implantar el sistema.
¿Cada cuánto debería revisarse el mapa de pólizas de una empresa?
Lo razonable son revisiones cada 12-18 meses, y siempre que haya un cambio relevante en la organización: nueva contratación significativa, apertura de oficina, cambio de software de gestión, nueva línea de negocio o cambio normativo del calibre del registro horario digital.
¿Qué pasa si la Inspección llega antes de que adaptemos el sistema al fichaje digital?
La Inspección actúa con la normativa vigente en el momento de la visita. Hoy ya puede sancionar a una empresa por no llevar registro o por llevarlo de forma manifiestamente insuficiente. Si la visita se produce antes de adaptar el sistema, lo importante es poder demostrar que registráis la jornada, que conserváis los registros durante cuatro años y que los entregáis cuando se piden. Con eso se evitan las infracciones más graves.
OM
Oscar Modroño Rodríguez Director · Correduría Sure Service
Llevamos 41 años asesorando a empresas, autónomos y particulares desde nuestras oficinas de Madrid y Palencia. Somos miembros de Adecose y de la red Espabrok, y trabajamos con más de una veintena de aseguradoras del mercado español. Si quieres que miremos sin coste si tus pólizas siguen alineadas con cómo trabaja tu empresa hoy, hablamos cuando quieras.
Cinco veranos seguidos por encima de lo normal. Y los seguros, donde estaban
El calor extremo se ha vuelto habitual en los veranos españoles. AEMET registra varios años seguidos con temperaturas medias por encima de lo histórico y picos cada vez más prolongados. Mientras tanto, la mayoría de hogares y comunidades preparan el aire acondicionado, revisan persianas y ventilan a primera hora. Lo que casi nunca se revisa es si el seguro sigue cubriendo los daños que un episodio de calor extremo puede provocar. Conviene mirarlo antes del primer pico, no después.
LO QUE EL CALOR DEJA POR ESCRITO
+1,7°C
han subido las temperaturas medias en España desde la era preindustrial, según AEMET. La mayoría del aumento se concentra en los últimos veranos, con olas más largas y noches tropicales en zonas donde antes no existían.
El relato público suele girar en torno a la temperatura máxima del día. La mayoría de los problemas no llegan en el pico: llegan cuando el calor se prolonga varios días seguidos y los sistemas (eléctrico, climatización, refrigeración) empiezan a fallar en cadena.
Llevamos años gestionando partes de hogar y comunidad relacionados con el calor. La pauta se repite: lo que falla no estaba protegido, o estaba protegido con una cobertura desactualizada. La buena noticia es que casi todo se puede prevenir con una revisión de 20 minutos antes de junio.
Lo que el calor extremo daña más allá de las personas
El cuerpo humano es lo primero que llama la atención en una ola de calor. Pero las pólizas de hogar y comunidad cubren cosas que también sufren cuando el termómetro no baja:
Instalaciones eléctricas al límite por el uso simultáneo de aire acondicionado, frigoríficos extra, ventiladores y dispositivos.
Electrodomésticos que trabajan más horas y con menos margen de disipación de calor.
Aire acondicionado que funciona casi 24 horas y dispara averías de compresores y motores.
Ascensores y motores en comunidades, sobre todo en bloques sin ventilación cruzada en cuartos técnicos.
Materiales sensibles: pinturas, parqué, juntas de fontanería, conexiones de gas en zonas mal ventiladas.
Vehículos aparcados al sol con riesgo de daños en pintura, parabrisas e instalaciones eléctricas.
Lo que vemos en la correduría no es un solo siniestro espectacular. Es la suma de pequeñas averías que llegan a la vez en los primeros días de calor extremo, cuando la red y los equipos llevan semanas trabajando al máximo.
El calor no rompe nada de golpe. Lo que hace es acelerar el desgaste de lo que ya estaba justo.
Los riesgos que muchos hogares no identifican
Cuando llega el primer aviso amarillo o naranja de AEMET, la mayoría reacciona con sentido común: hidratación, persianas bajadas, ventiladores. Lo que casi nunca se revisa son los daños que tu seguro debería cubrir y a menudo no cubre.
En tu vivienda
El más frecuente es el daño eléctrico por sobrecarga. Un pico de tensión en plena ola de calor puede freír electrodomésticos, televisores, ordenadores y aire acondicionado en pocos segundos. Los hogares con cobertura específica de daños eléctricos lo cobran. Los que no, se lo comen.
Le siguen las averías por uso intensivo del aire acondicionado, los daños por agua derivados de fugas en condensadores y los daños en alimentos si el frigorífico falla durante un corte.
En tu comunidad
Las comunidades de vecinos concentran riesgos colectivos: ascensores que se calientan y se paran, motores de portones que se queman, luminarias de zonas comunes dañadas por sobrecarga, filtraciones en piscinas comunitarias.
En tu vehículo aparcado
Los daños por calor en vehículos aparcados al sol (pintura, salpicaderos, batería) suelen tener coberturas limitadas en el seguro de coche. Conviene revisar lo que aparece como «daños diversos» o dentro de las coberturas opcionales del todo riesgo.
En la salud y la actividad
Si haces deporte al aire libre, si trabajas como autónomo en exteriores, o si hay personas mayores en casa, conviene mirar el seguro de salud y la asistencia en viaje. Muchos episodios de calor extremo terminan en urgencias por deshidratación, golpe de calor o descompensación de patologías crónicas.
Qué seguros conviene revisar antes del verano
No hace falta cambiar todas las pólizas. Hace falta revisar las que cubren los riesgos que crecen con el calor extremo. En orden de relevancia para hogares y comunidades:
Ojo: no todas las viviendas necesitan las cinco coberturas que vienen a continuación. La revisión sirve también para quitar lo que no aporta, no solo para añadir lo que falta.
1. Seguro de hogar
Es la póliza principal. Conviene verificar: capital de continente actualizado, capital de contenido (que crece cada año sin que nos demos cuenta), cobertura de daños eléctricos (a menudo opcional), cobertura específica para electrodomésticos y aire acondicionado, asistencia 24 horas con plazos cortos en verano.
El gran olvidado. La póliza de comunidad cubre zonas comunes (ascensores, portones, instalaciones eléctricas comunes, piscinas), pero conviene revisar la suma asegurada de cada uno y los plazos de asistencia. En agosto los técnicos van saturados.
3. Cobertura de daños eléctricos
Para sobrecargas, picos de tensión y daños indirectos a aparatos. Lo tratamos a fondo en el post sobre qué cubre el seguro ante un apagón eléctrico, que aplica también a la inversa cuando lo que falla es por exceso de calor y consumo simultáneo.
4. Asistencia en viaje y salud
Conviene tener cobertura sanitaria fuera de la pública estándar si viajas, tienes mayores en casa o haces deporte al aire libre. Los servicios públicos se saturan en agosto y la asistencia privada acelera tiempos.
5. Seguro de coche
Revisar la asistencia en carretera (mucho uso en agosto), el plazo de respuesta, la cobertura por incendio en caso de chispa por motor caliente y los daños al vehículo en aparcamientos exteriores.
¿Tu seguro está preparado para el primer pico de calor?
Revisamos contrato a contrato sin coste y sin obligación de cambiar nada. En la mayoría de casos detectamos al menos una cobertura desfasada en los primeros 15 minutos. Si todo está correcto, te lo decimos también.
Cuando el aire acondicionado lleva semanas trabajando al máximo, lo que falla suele ser lo que la póliza no había contemplado.
El error más habitual: «el aire aún funciona, no toca tocarlo»
Es la frase que más oímos cuando se plantea una revisión preventiva. Y es comprensible: si algo va, no se toca. Pero el calor extremo no avisa antes de averiar un equipo. Lo deja al límite durante semanas y luego falla un viernes por la noche, cuando el técnico está saturado y la asistencia no tiene tarifa de urgencia activada.
Algunos errores que se repiten:
No revisar si la cobertura de daños eléctricos está realmente activada (en muchas pólizas es opcional).
No actualizar el capital de contenido tras compras grandes (TV, electrodomésticos, equipos).
Asumir que la asistencia 24 horas tiene plazos cortos en agosto. Casi nunca los tiene.
Pensar que el seguro de comunidad cubre todo lo común sin verificar las exclusiones por antigüedad de instalaciones.
Confiar en que «ya lo cubrirá el seguro» sin revisar la franquicia.
Una revisión a tiempo no es un gasto. Es la diferencia entre cobrar al día siguiente o pelear con un perito en agosto.
Checklist en 8 preguntas
Para hacerte una idea rápida del nivel de exposición de tu hogar o comunidad antes del primer pico de calor extremo, este es el cuestionario que solemos pasar en una primera conversación. Apunta tus «no sé»: cuántos te salen es el primer dato útil.
Hay una observación que se repite con casi todo el mundo que lo responde por primera vez: salen al menos tres «no sé». No es ignorancia: es que la realidad de la vivienda o de la comunidad cambia más rápido que la póliza.
¿La póliza de hogar tiene activada la cobertura específica de daños eléctricos?
¿Cuándo se actualizó por última vez el capital de contenido?
¿El aire acondicionado tiene su revisión técnica anual hecha?
¿La asistencia 24 horas de la póliza tiene plazos definidos o solo «lo antes posible»?
¿La comunidad tiene revisada la suma asegurada para ascensores y motores?
¿Hay personas mayores o vulnerables en casa con cobertura de salud privada?
¿Tu coche, si va a estar mucho tiempo al sol, tiene cobertura de daños diversos?
¿La póliza se revisó con un profesional en los últimos 24 meses?
Si la respuesta es «no sé» en más de tres, conviene sentarse a revisar. No para vender pólizas, sino para entender el mapa actual de riesgos antes de que lo dibuje un siniestro. Un único daño eléctrico mal cubierto puede costar más que toda la prima anual de tu hogar multiplicada por cinco.
El calor anuncia siempre lo mismo. Lo que cambia cada año es la factura de no haberlo revisado a tiempo.
Preguntas frecuentes
¿El seguro de hogar cubre los daños por calor extremo?
Depende de cada póliza, pero la mayoría incluye daños eléctricos por sobretensión, averías de electrodomésticos y daños por agua derivados de fugas en el aire acondicionado. Lo que no suele estar cubierto son los daños estéticos por exceso de calor o la pérdida de alimentos sin corte eléctrico documentado. Conviene leer la cobertura específica antes de junio.
¿Qué se entiende por daño eléctrico en una póliza de hogar?
Cualquier daño en aparatos eléctricos causado por una alteración en la corriente: subidas o bajadas de tensión, sobrecargas y cortocircuitos. En episodios de calor extremo es uno de los partes más habituales, sobre todo en bloques de pisos con instalaciones antiguas.
¿La póliza de comunidad cubre los daños del calor en zonas comunes?
Cubre los daños en ascensores, motores de portones, instalaciones eléctricas comunes y piscinas, pero con sumas aseguradas que muchas comunidades no han actualizado en años. Si la antigüedad del edificio es alta, suelen aparecer exclusiones que conviene revisar antes del verano.
¿Cubre el seguro el coste de reparar un aire acondicionado averiado?
Solo si la avería entra dentro de la cobertura de electrodomésticos o de daños eléctricos contratada. Las averías por desgaste o uso intensivo sin causa externa no se cubren con seguro: para eso existe la garantía técnica del equipo o un contrato de mantenimiento privado.
¿Qué fuentes oficiales puedo consultar sobre olas de calor y prevención?
Las principales son AEMET (avisos y predicciones), el Ministerio de Sanidad (Plan Nacional de Calor), el Sistema MoMo del ISCIII (excesos de mortalidad) y Cruz Roja Española (campañas de prevención). Para datos del sector asegurador, UNESPA e ICEA publican estadísticas anuales de siniestralidad estacional.
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Oscar Modroño Rodríguez Director — Correduría Sure Service · 41 años acompañando a hogares y empresas
El calor extremo no es nuevo. Lo nuevo es que llega antes, dura más y rompe cosas que hace una década aguantaban. Llevamos cuatro décadas revisando pólizas con familias y comunidades en Madrid, Palencia y resto de España. Si quieres que veamos juntos cómo encaja tu seguro con el verano que viene, escríbenos desde contactenos. Sin compromiso, sin reuniones eternas y sin guion comercial.
Hace un año entró en vigor el reglamento que ha cambiado las reglas en tu nave industrial
El 10 de mayo de 2025 entró en vigor el Real Decreto 164/2025, que aprobó el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales y derogó el reglamento que estuvo vigente durante 21 años. Desde el 10 de noviembre de ese mismo año aplican a las naves existentes las obligaciones operativas: mantenimiento, inspecciones cada cinco años por organismo de control habilitado y régimen sancionador. Doce meses después, muchas empresas siguen funcionando como si nada hubiera cambiado y otras descubrirán las consecuencias el día de la inspección o del próximo siniestro. Tener el seguro renovado no compensa una nave que no superaría una inspección.
21 añosvigencia del reglamento anterior
5 añosperiodicidad de inspección por OCA
10 may 2025entrada en vigor del RD 164/2025
10 nov 2025fin del periodo transitorio operativo
El reglamento sustituido es el RD 2267/2004. En su día marcó cómo se diseñaban, instalaban y mantenían los sistemas contra incendios en miles de naves españolas. La realidad de 2026 ya no se parece a la de hace dos décadas. Más carga de fuego almacenada por metro cuadrado, automatización en líneas de producción, paneles fotovoltaicos en cubierta, baterías de gran formato en talleres y centros logísticos cuya rotación duplica o triplica la de hace 15 años.
Cumplir hace veinte años no es lo mismo que cumplir hoy.
Llevamos meses revisando con clientes industriales el impacto del nuevo reglamento sobre sus pólizas. La conversación se repite. Capitales que no se actualizan desde antes de la pandemia, pérdida de beneficios sin contratar, instalaciones contra incendios que están «ahí» pero sin revisión documental al día. Vamos a explicar qué obliga el RD 164/2025, qué pasa si la inspección de la OCA detecta deficiencias y por qué la póliza puede no responder como el empresario espera.
El Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, fue publicado en el BOE núm. 87 del 10 de abril de 2025 y entró en vigor un mes después. Aprueba el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales y deroga el RD 2267/2004, vigente desde diciembre de 2004.
El alcance es horizontal: aplica a cualquier sector industrial. Fábricas, talleres, almacenes, centros logísticos, plantas de transformación y servicios auxiliares de actividad industrial entran dentro del ámbito. La norma fija requisitos de diseño, construcción, uso, mantenimiento e instalaciones de protección contra incendios. También exige documentación técnica, certificaciones, control documental y, lo que más afecta a empresas existentes, inspecciones periódicas por organismo de control habilitado.
El régimen transitorio distingue dos planos. Las exigencias técnicas constructivas no obligan a reformar lo construido bajo la norma anterior salvo en ampliaciones, reformas que aumenten superficie o nivel de riesgo, o cambio de actividad. Pero las obligaciones operativas (mantenimiento, inspecciones quinquenales, régimen sancionador) entraron en juego seis meses después de la entrada en vigor del nuevo reglamento. Es decir, desde el 10 de noviembre de 2025 el titular de cualquier establecimiento industrial está sujeto al nuevo marco operativo.
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Si alguien te ha dicho «como mi nave es de antes de 2025 no me afecta el reglamento», se queda corto. La parte que no se cumple por la fecha de construcción es la constructiva. La de mantenimiento, inspección y sanción aplica desde noviembre de 2025.
Naves antiguas: cumplir hace veinte años no es cumplir hoy
Este es el punto que más cuesta explicar a empresarios que llevan dos o tres décadas en la misma instalación. Una nave construida en 2005 cumplió en su momento el RD 2267/2004. Eso es indiscutible. Pero entre la fecha de proyecto y hoy probablemente ha cambiado todo lo demás.
La actividad ha evolucionado. Donde antes había estanterías ligeras hoy hay racks de cuatro alturas con plástico, papel o producto inflamable. La maquinaria es otra. Hornos eléctricos, líneas automatizadas, baterías de litio para carretillas eléctricas, cargadores de gran potencia, sistemas de almacenamiento energético. Todo eso modifica la carga de fuego que se calculó en su día. Y el cálculo determinaba el nivel de riesgo intrínseco, las exigencias de sectorización, los caudales mínimos de los sistemas de protección y los recorridos de evacuación.
Lo que vemos con frecuencia en revisiones técnicas que coordinamos con ingenierías:
BIEs sin presión suficiente porque el hidrante se construyó para el riesgo inicial y la actividad ha cambiado.
Sectorización efectiva alterada por estanterías o maquinaria que han ocupado pasillos previstos para corte de fuego.
Recorridos de evacuación tapados con producto, paletas o tránsito de carretillas.
Sistemas instalados sin revisiones documentales o con revisiones hechas pero no archivadas.
Cambios de uso no comunicados: ampliaciones internas, subdivisiones, despachos en altillo.
El riesgo no está en no tener sistemas. Está en tenerlos sin presión, sin mantener y sin documentar.
El día de la inspección, esa diferencia entre lo proyectado y lo real es justo lo que se mide.
BIE (Boca de Incendio Equipada) y extintor: dos elementos básicos del cumplimiento del RD 164/2025 en cualquier nave industrial.
Inspecciones cada 5 años por organismo de control habilitado
El nuevo reglamento mantiene y refuerza el papel de los organismos de control habilitados. La inspección periódica por OCA pasa a ser una obligación clara y con calendario definido en el Anexo II del reglamento, que fija las periodicidades según el tipo de establecimiento y de instalación. Para el grueso de las empresas industriales ese ciclo es quinquenal.
La inspección no es un trámite documental. Se comprueba el estado real de la protección activa (BIEs, rociadores, detectores, sistemas de alarma, extintores, columnas secas), de la protección pasiva (sectorización, puertas cortafuego, comportamiento de los elementos constructivos), del mantenimiento documental, y de que la actividad declarada coincida con la actividad real desarrollada en el establecimiento.
Sale a la luz lo que llevaba años «tapado». Empresarios que descubren que el último mantenimiento documentado de los rociadores es de 2019. Que el grupo de presión de las BIEs nunca se probó a caudal nominal. Que la actividad real implica almacenamiento clase A nivel medio cuando la memoria proyectó nivel bajo.
Lo que estamos viendo
En los primeros meses tras el fin del periodo transitorio, las OCAs encuentran con frecuencia deficiencias en establecimientos que llevaban años sin revisión técnica externa. La mayor parte no son temas constructivos: son mantenimiento, presión de agua, documentación y coherencia con la actividad real.
Qué pasa si la OCA detecta deficiencias
El reglamento clasifica las deficiencias y obliga al titular a subsanarlas. Las leves se corrigen en plazo y se acreditan ante la propia OCA. Las significativas requieren plan de subsanación, intervención técnica y, en muchos casos, paralización temporal de parte de la actividad mientras se ejecutan las medidas correctoras.
Si las deficiencias significativas no se corrigen en el plazo fijado, el organismo de control debe emitir un certificado negativo y comunicarlo al órgano competente de la comunidad autónoma. A partir de ahí entra en juego la administración industrial autonómica y, según el caso, el procedimiento sancionador.
El problema empresarial real no es el papel. Es el coste y el tiempo de subsanación.
Coste real de adaptar una nave industrial
Adecuar una nave existente al nuevo marco no es cambiar un extintor. Cuando hay deficiencias significativas, los conceptos que aparecen en presupuesto son otros.
Costes directos
Obras civiles para sectorización, instalación o sustitución de sistemas activos (rociadores, BIEs, detección, alarma), depósito de agua y grupo de presión cuando el caudal disponible es insuficiente, adecuación de puertas cortafuego, ingeniería, dirección de obra, certificaciones y nuevas memorias técnicas. En naves grandes los importes alcanzan cifras de cinco o seis dígitos sin esfuerzo.
Costes indirectos
Parada total o parcial de la actividad durante la obra. Reorganización del almacén. Traslado temporal de mercancía. Pérdida de facturación. Penalizaciones contractuales con clientes que dependen de plazos de entrega. Pérdida de competitividad mientras se opera por debajo de capacidad.
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El coste oculto más caro suele ser el de no actuar. Aplazar la adecuación abarata la cuenta del primer año, pero deja a la empresa expuesta a sanción, a complicaciones aseguradoras y al riesgo de que un siniestro real revele el incumplimiento en el peor momento posible.
Implicaciones legales del incumplimiento
El régimen sancionador del reglamento se enmarca en la Ley 21/1992 de Industria, sin perjuicio de las responsabilidades específicas en materia de prevención de riesgos laborales si los incumplimientos afectan a la seguridad de los trabajadores. Las sanciones por infracciones graves o muy graves en materia de seguridad industrial pueden ser sustanciales y, en cualquier caso, llevan aparejada la obligación de subsanar.
Pero lo más relevante para una empresa no es el escenario administrativo limpio. Es lo que ocurre si hay un siniestro y la administración o la aseguradora reconstruyen lo que pasó. Si la causa o la magnitud del siniestro guardan relación con incumplimientos del reglamento, con falta de mantenimiento o con instalaciones que no estaban en estado operativo, la empresa se enfrenta a posibles responsabilidades civiles frente a terceros, a posibles responsabilidades laborales si hay daño a empleados y a un proceso de peritación complicado.
Seguro de nave industrial: tener póliza no equivale a estar protegido
Aquí entra el papel de la correduría. El seguro de empresa industrial no es un producto cerrado. Es un conjunto de coberturas que tienen que reflejar lo que la empresa hace de verdad, con los capitales que corresponden y con las garantías que tienen sentido para ese riesgo.
Lo que vemos en las pólizas que revisamos:
Capitales desactualizados
El continente lleva años sin revisar. La maquinaria también. Las existencias se calcularon antes de la última ampliación de stock. En siniestro se aplica la regla proporcional y la indemnización se reduce. Es lo que se conoce como infraseguro y no es un tecnicismo: es un recorte directo en lo que cobras.
Actividad real distinta de la declarada
La póliza se contrató para una actividad concreta. La empresa ha incorporado un proceso nuevo, un almacenamiento adicional o un equipamiento que cambia el riesgo. Si no se ha comunicado, hay agravación del riesgo no informada. La aseguradora puede reducir la indemnización en la proporción correspondiente.
Mantenimiento de PCI sin documentar
En siniestro de incendio, la primera petición del perito es la documentación de mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios. Si no existe, o existe pero no está al día, se abre discusión. No siempre se traduce en rechazo, pero sí en demoras, descuentos y conflicto.
Responsabilidad civil corta
La RC general suele estar contratada con capitales pensados para empresas de hace una década. Frente a daños a terceros derivados de un incendio que se propaga a una nave colindante, esos capitales se quedan cortos rápido.
La gran olvidada: pérdida de beneficios
Es la cobertura que más recomendamos revisar y la que menos contratan las pymes industriales. Cubre la facturación que la empresa deja de ingresar mientras la actividad está paralizada por el siniestro. Si la nave arde y la empresa tarda meses en volver a producir, las existencias y la maquinaria las paga el seguro de daños. Pero esos meses de facturación perdida solo los cubre la garantía de pérdida de beneficios. Lo vimos también con claridad tras el gran apagón eléctrico de abril de 2025: el daño material no era el problema; el problema era la actividad parada.
Un incendio puede destruir una nave. La falta de pérdida de beneficios puede destruir el negocio.
¿Tu seguro refleja la nave que tienes hoy?
Revisamos contigo capitales, actividad declarada, pérdida de beneficios y RC, y te decimos qué cambiarías antes de la próxima inspección o del próximo siniestro. Solicitar revisión →
12 puntos para revisar antes que lo haga la OCA
Una lista operativa que cualquier empresario industrial puede contestar en una mañana. Si más de tres respuestas son «no sé», toca sentarse con el técnico, con la asesoría jurídica y con la correduría.
¿Cuándo fue la última inspección reglamentaria por OCA en mi establecimiento?
¿Está al día y archivado el mantenimiento documental de extintores, BIEs, rociadores, detección y alarma?
¿Las BIEs tienen probada la presión y caudal nominal en la última revisión?
¿La actividad real coincide con la declarada en la memoria técnica original?
¿Ha aumentado el almacenamiento, la carga de fuego o la subdivisión de espacios desde la última actualización?
¿Se han incorporado procesos, máquinas o instalaciones (placas, baterías, hornos) sin actualizar la documentación?
¿Los recorridos de evacuación están libres y señalizados?
¿Están actualizados los capitales asegurados de continente, contenido, maquinaria y existencias?
¿Tengo contratada la cobertura de pérdida de beneficios y con qué periodo de indemnización?
¿La RC general cubre daños a terceros derivados de propagación a naves colindantes?
¿La póliza contempla la actividad y los procesos que de verdad realizo hoy?
¿Existe un plan mínimo de continuidad si la nave queda inutilizable durante meses?
Preguntas frecuentes
¿A quién obliga el Real Decreto 164/2025?
A los titulares de cualquier establecimiento industrial: fábricas, talleres, almacenes, centros logísticos y servicios auxiliares de actividad industrial. El alcance es horizontal e incluye tanto instalaciones nuevas como existentes, con distinto régimen para cada caso.
¿Cada cuánto hay que pasar la inspección de incendios en una nave industrial?
El Anexo II del nuevo reglamento fija periodicidades de inspección por organismo de control habilitado. Para el grueso de las empresas industriales el ciclo es de cinco años, sin perjuicio de las revisiones de mantenimiento más frecuentes que correspondan a cada equipo.
¿Tengo que adaptar mi nave si es anterior al RD 164/2025?
Las exigencias constructivas no obligan a reformar lo construido bajo la norma anterior, salvo si hay ampliación, reforma que aumente superficie o nivel de riesgo, o cambio de actividad. Las obligaciones de mantenimiento, inspección y régimen sancionador sí aplican a las naves existentes desde el 10 de noviembre de 2025.
¿Qué pasa si tengo el seguro al día pero la nave no cumple la normativa?
El incumplimiento normativo no anula el seguro de forma automática, pero abre frentes en la peritación. La falta de mantenimiento documentado, la agravación del riesgo no comunicada o el infraseguro pueden traducirse en demoras, descuentos o discusión sobre la cobertura. Lo prudente es revisar la póliza antes del siniestro, no después.
¿Qué es la pérdida de beneficios y por qué es clave en una empresa industrial?
Es la cobertura que indemniza la facturación que la empresa deja de ingresar mientras la actividad está paralizada por un siniestro. El seguro de daños paga reconstruir nave y maquinaria, pero los meses de actividad perdida solo se cubren si la pérdida de beneficios está contratada. Es la garantía que más diferencia un negocio que sobrevive a un incendio de uno que cierra.
¿La correduría sustituye al ingeniero o a la OCA?
No. La correduría no realiza inspecciones reglamentarias ni proyectos técnicos. Lo que aporta es la revisión del lado asegurador del riesgo: capitales, actividad declarada, garantías contratadas, pérdida de beneficios, RC. Coordinamos con tu ingeniería y con la OCA cuando hace falta, pero el cumplimiento técnico es competencia de los profesionales habilitados para ello.
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Oscar Modroño Rodríguez Director — Correduría Sure Service
Llevamos cuatro décadas asegurando empresas industriales en Madrid y Palencia. Si quieres que revisemos tu póliza con la actividad real de tu nave, los capitales actualizados y la pérdida de beneficios bien dimensionada, escríbenos a contactenos. La revisión es gratuita y sin compromiso.